Resolución número 225/2020
Desestimación recurso Asociación Empresarial recurrente contra criterios sociales de valoración y presupuesto del pliego sobre actividades deportivas.
Desestimación recurso Asociación Empresarial recurrente contra criterios sociales de valoración y presupuesto del pliego sobre actividades deportivas.
Estimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios. Criterios de adjudicación con valoración duplicada (sujeto a juicio de valor y por aplicación de fórmulas), el criterio memoria económica no atiende a la calidad del servicio conforme al art. 145.2 LCSP, sino al coste eficacia del servicio, no sujeto a juicio de valor. También supone incumplimiento en la prelación en la apertura de sobres prevista en el art. 146.2 de la LCSP, pudiendo vulnerar el secreto de la oferta, y por tanto el art. 139.2 de la LCSP. Criterio de mejora no limitado incumpliendo el art. 145.7 de la LCSP.
Estimación parcial de recurso contra los pliegos de condiciones del servicio de mantenimiento de zonas ajardinadas en el ámbito de Valdebebas, promovido por el Ayto. de Madrid. De todos los numerosos motivos de impugnación solo se estima la falta de concreción de la limitación a la subcontratación.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios. Al considerarse la oferta de la recurrente en baja temeraria y esta proceder a la justificación de la viabilidad de la oferta, modifica esta oferta elevándola al doble, basándolo todo en una interpretación del PCAP que no corresponde con la realidad. Fruto de esta modificación la Mesa de contratacion excluye la oferta de la licitación, acto que es recurrido.
Desestimación de recurso contra exclusión en contrato de servicios. Presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos para contratar fuera del plazo de presentación y de subsanación, vulneración artículos 140 y 141 LCSP y PCAP.
Desestimación de recurso sobre contrato de servicios que se licita por ser imposible la prórroga de la concesión adjudicada en su día. Repite los mismos argumentos que en el recurso 106/2020, Resolución 132/2020. Se impone multa.
Pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento al reconocer el Ayuntamiento que los criterios de calidad deben representar al menos el 51% de la valoración.
Estimación de un recurso especial de contrato de servicios, contra el acuerdo de la Mesa de inadmitir a una empresa que aparentemente ha presentado dos ofertas de forma electrónica. Antes de excluir a la licitadora la Mesa debe comprobar si se da el supuesto del artículo 139.3 de la LCSP, que prohíbe la presentación de más de una proposición o si es un doble envío de oferta incluyendo documentación complementaria.
Inadmisión de recurso especial contra propuesta de adjudicación de contrato de servicios. Acto no susceptible de recurso por tratarse de un acto de trámite no cualificado. Arts. 44.2 y 55.c) LCSP.
Inadmisión de recurso especial contra exclusión de contrato de suministro. El recurso se interpone ante el órgano de contratación presentándolo en plazo en Correos, el recurso se recibe fuera de plazo sin que el recurrente haya comunicado su presentación. Recurso extemporáneo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50.1.c), 51.3, y 55.d) de la LCSP.