Municipios/Entidades Locales

Resolución 411/2026

Número de Resolución: 
411/20236
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Organizacion de festejos taurinos.No existe arraigo territorial cuando se valora un lugar de estancia temporal accesible a cualquier operador y no el origen geográfico del licitador.La no división en lotes es válida cuando está suficientemente motivada en el expediente.Los criterios de adjudicación pueden valorar la calidad y trayectoria de los bienes o servicios ofertados, siempre que estén vinculados al objeto del contrato y no a la solvencia o experiencia del licitador. Desestimacion. 

Resolución 409/2026

Número de Resolución: 
409/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Oferta incursa en presuncion de anormalidad.Cuando el órgano de contratación motiva razonablemente la insuficiencia de esa justificación, prevalece su discrecionalidad técnica. No basta con alegar medios propios, experiencia, maquinaria amortizada o acuerdos con proveedores para justificar una oferta anormalmente baja; es necesario acreditar documental y económicamente cada ahorro relevante y demostrar de forma concreta que el contrato puede ejecutarse correctamente al precio ofertado. Desestimacion.

Resolución 404/2026

Número de Resolución: 
404/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Corresponde a la licitadora, cuya oferta presenta valores anormalmente bajos, acreditar la viabilidad de la oferta presentando de forma desglosada y justificada los costes que conforman dicha oferta. El informe técnico que concluye que dicha oferta no es viable se encuentra debidamente motivado, no apreciandose error grave o  manifiesto, por lo que se encuentra dentro de los límites de la discreccionalidad técnica del órgano de contratación.

Resolución 403/2026

Número de Resolución: 
403/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

MODIFICACIÓN DE OFERTAS: El órgano de contratación debe valorar exclusivamente el dato expresamente consignado por el licitador en su oferta. La aclaración de ofertas solo puede precisar extremos ya contenidos en la proposición, pero no completarla, corregirla ni sustituir un valor ofertado por otro no expresado, pues ello supondría modificar la oferta

Resolución 398/2026

Número de Resolución: 
398/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

SUBSANACIÓN. Corresponde acreditar a la recurrente que la imposibilidad de presentar un documento en trámite de subsanación a través de la PLCSP es debido a un mal funcionamiento de la Plataforma, circunstancia que no queda acreditada en el presente supuesto. La presentación a través de otros medios no previstos en en el pliegos no es viable. Asimismo, los licitadores son los responsables de verificar que cumplen con los requirimientos informáticos exigidos para presentar documentación en la PLCSP, como es la firma de los documentos mediante AutoFirma.

Resolución 397/2026

Número de Resolución: 
397/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

SUBSANACIÓN. La proposiciones de los interesados deben incluir la documentación exigida en el PCAP, incluyen todas las declaraciones exigidas en los correspondientes Anexos, no siendo admisible una remisión genérica. Concedido el trámite para subsanar la documentación presentada, no cabe una nueva oportunidad para subsanar dicha documentación. 

Resolución 392/2026

Número de Resolución: 
392/2026
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2026

CONTAMINACIÓN DE OFERTAS: se estima el recurso contra la adjudicación, pues al haber incorporado la adjudicataria en el sobre de juicio de valor documentación que correspondían a un criterio automático, el Tribunal entiende que la asignación de 0 puntos en la fase técnica no bastaba para restaurar el secreto ni neutralizar la quiebra del sistema de sobres, porque la información revelada era relevante, estaba expresamente reservada por el PCAP para una fase posterior y resultó decisiva en la adjudicación.

Resolución 387/2026

Número de Resolución: 
387/2026
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2026

No puede utilizarse un trámite de subsanación para corregir incumplimientos de un criterio de adjudicación ni para sustituir los elementos ofertados por otros distintos. Las aclaraciones son admisibles únicamente cuando no alteran el contenido de la oferta. Cualquier modificación sustancial de los medios o compromisos puntuados vulnera los principios de igualdad, transparencia e inalterabilidad de las ofertas. Incumplimineto de lo requistos exigidos en el PCAP y PPT por la adjudicataria. Modificacion de oferta. Estimacion 

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