Resolución número 356/2021
Desestimación del recurso. La oferta no consta presentada en la plataforma de contratación. El error es imputable al recurrente. La plataforma funcionaba correctamente.
Desestimación del recurso. La oferta no consta presentada en la plataforma de contratación. El error es imputable al recurrente. La plataforma funcionaba correctamente.
Inadmisión de reclamación presentada contra el acuerdo de la mesa de contratación por la que se propone la adjudicación del contrato. Acto no susceptible de reclamación ya que no decide directa o indirectamente sobre la adjudicación, ni determina la imposibilidad de continuar el procedimiento o produce indefensión. Artículo 119.2.b) RDLSE.
Pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Desestimación del recurso. El licitador incluye en el sobre B (criterios de adjudicación valorables mediante a juicio de valor), documentación correspondiente al sobre C (criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas). La doctrina en este cuestión no avala la exclusión automática del procedimiento de licitación por esta irregularidad, salvo que exista una efectiva contaminación de la información. En este supuesto el recurrente incluye en el sobre B documentación que permite saber la puntuación que va a obtener en 3 criterios objetivos.
Desestimación del recurso. Para la valoración del criterio de adjudicación objetivo se exige incluir en la oferta una determinada documentación que no es aportada por la recurrente en los términos establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
Inadmisión por extemporáneo. Falta de legitimación de los vecinos para recurrir un procedimiento de contratación de un proyecto urbanístico.
Desistimiento recurso.
Falta de legitimación activa de un integrante de la UTE adjudicataria del contrato para impugnar una modificación contractual.
Desestimatoria. Los trabajos de Coordinador de seguridad y salud no son prestaciones de carácter intelectual a los efectos de la ponderación de los criterios de adjudicación de la LCSP.
Inadmisión. La propuesta de adjudicación no es recurrible.