Resolución número 150/2025
Legitimacion del no licitador. Contenido de los pliegos. La exigencia de un determinado software no supone discriminacion entre licitadores.
Legitimacion del no licitador. Contenido de los pliegos. La exigencia de un determinado software no supone discriminacion entre licitadores.
Restricción de la competencia. Estimación de recurso interpuesto por Colegio de Ingenieros contra los pliegos de un servicio de redacción de plan urbanístico, por restringir participación a ingenieros a través de la adscripción de medios. El órgano considera la cláusula por no puesta, a través de la respuesta no vinculante a consultas de los licitadores. Se estima el recurso pues se precisa la anulación de los pliegos y aprobación de unos nuevos, pues la respuesta publicada no vincula.
Presupuesto Base de Licitación. Recurso contra pliegos por incorrecta elaboración del PBL y VEC. Desestimación. La recurrente pretende la inclusión de pluses de convenio que no tienen carácter fijo, sino que se devenga bajo determinadas circunstancias. No ha quedado acreditada la insuficiencia presupuestaria alegada por la recurrente.
Legitimación. Legitimación del no licitador para impugnar la adjudicación. Se impugna la alteración por el órgano de contratación de las reglas de la licitación con carácter posterior, a través de la admisión de ofertas, reglas que le impidieron participar. Pero no se le reconoce legitimación pues no tendría un interés cierto, sino hipotético y futuro en otra licitación.
Renuncia a la celebracion del contrato. Imposible su ejecución en plazo.
Criterios de adjudicación. Contrato basado. Se recurre la falta de motivación de la designación de los criterios de valoración mediante formula y que recaen sobre aspectos cualitativos. La determinación de los criterios de adjudicación de los contratos basados se establecieron en el acuerdo marco y además son justificados en el propio pliego de condiciones de invitación a participar en el contrato basado.
Valor estimado del contrato. Determinación del Valor estimado. Pliego de Condiciones. Legitimación no licitador. Recurso contra los pliegos por incorrecto cálculo del valor estimado de contrato y contra criterios de adjudicación. Se le legitima para el primer motivo, no para el segundo. Doctrina del Tribunal sobre legitimación de recurrente contra pliegos que no ha presentado oferta. Estimación. El VE se ha calculado en base al canon a percibir por el OC, en lugar de por el importe neto de la cifra de negocio, como establece el artículo 101.1 b) de la LCSP-
Presupuesto base de licitación. Determinación del presupuesto. Costes salariales. Convenio colectivo. Cálculo presupuesto base de licitación a partir de costes salariales convenio colectivo. Criterio adjudicación-Mejora: Se estima recurso contra pliegos pues el órgano de contratación no ha tenido en cuenta los salarios vigentes conforme a convenio colectivo. Pese a que el criterio de adjudicación impugnado no tiene la consideración de mejora, debe respetar los requisitos del 145.5 LCSP.
Presupuesto base de licitación. Determinación del presupuesto base de licitación. Pliegos de condiciones. Costes laborales. Recurso contra los pliegos presentado por una organización sindical. Se reconoce legitimación al afectar el recurso a condiciones laborales de los trabajadores. Estimación del recurso. El PBL es insuficiente al detectarse un error en su confección que provoca insuficiencia presupuestaria para cubrir los costes salariales.
Presupuesto base de licitacion. Determinación del Presupuesto. Costes Salariales. Convenios Colectivos. Se impugna el PCAP por no estar bien calculado el PBL. El servicio objeto del contrato se divide en tres apartados, en dos de ellos el PBL ha sido determinado por comparativas con otros servicios de identica naturaleza de otros poderes adjudicadores. El servicio principal esta fectado por el convenio de oficinas y despachos, que estabelece una ravalorizacion salarial si el IPC rebasa el 2,5%.