Resolución número 103/2020
Desestimación recurso de ASPEL. Los Pliegos cumplen con las exigencias de desglose presupuestario de la LCSP. Los costes salariales vienen determinados.
Desestimación recurso de ASPEL. Los Pliegos cumplen con las exigencias de desglose presupuestario de la LCSP. Los costes salariales vienen determinados.
Desestimación de recurso especial contra anuncio y pliegos de contrato de servicios de procurador. El PCAP determina el precio del contrato por precio máximo unitario por representación, no por arancel. No queda acreditado que el pliego vulnere el ordenamiento jurídico, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 1, 34, 40, 100, 102 y 309 de la LCSP, y cumpliendo la legislación de colegios profesionales, así como la normativa que regula el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (LCP, L17/2009 y L25/2009).
Estimación de recurso especial contra anuncio y pliegos de contrato de servicios. El criterio de adjudicación impugnado cumple con los requisitos exigidos en el artículo 145.5 de la LCSP, pero tratándose de una mejora incumple lo dispuesto en el artículo 145.7, al no concretar su límite. El número de horas gratuitas a ofertar debe quedar delimitado bien estableciendo un número máximo o determinando expresamente un parámetro que permita identificar si la oferta realizada puede ser anormal o desproporcionada.
Desestimación de un recurso de un sindicato contra los Pliegos de un contrato de servicios sociales. Los criterios de adjudicación de carácter social están correctamente formulados.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de gestión de tres puntos de encuentro familiar en el que se discute el convenio colectivo de aplicación. Dado que hay subrogación de trabajadores y que a los mismos les es de aplicación el convenio colectivo estatal de acción e intervención social, debe entenderse que el órgano de contratación ha actuado correctamente al establecer tal convenio colectivo como el aplicable.
Desestimación de recurso especial contra los pliegos de un contrato de servicios. Corresponde al órgano de contratación determinar los criterios de adjudicación del contrato. El art. 146.1 LCSP permite la utilización del criterio único precio siguiendo lo dispuesto en el art. 145.1 y 3 de la LCSP. Las prestaciones están suficientemente definidas técnicamente en el PPTP y el servicio de desinfección no es intensivo en mano de obra por lo que se da la salvedad prevista en el art. 145.3.g) de la LCSP.
Recurso extemporáneo.
Archivo del recurso por desistimiento del recurrente. Artículo 56.1 LCSP y 84.1 de Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo.
Estimación parcial de recurso contra pliegos de contrato de suministro e instalación de sistema. Recurre pliegos y presenta oferta. Criterios de adjudicación no justificados, formulados sin la debida objetividad, ni graduación en su ponderación, fomentando el arraigo territorial. Vulneración de los principios de competencia efectiva, no discriminación, igualdad de trato y proporcionalidad.
Desestimación de recurso especial contra pliegos de contrato de suministro. El establecer fases de selección con umbral mínimo de puntuación, en PCAP con pluralidad de criterios tiene carácter potestativo para el órgano de contratación, art.146.3 LCSP. Compete al órgano de contratación elegir los criterios de adjudicación a valorar, en tanto cumplan los requisitos de vinculación al objeto, formulados de manera objetiva, con pleno respeto a los principios de contratación, sin conferir libertad de decisión ilimitada, y garantizando la competencia efectiva, art.145 LCSP.