Desestimatoria

Resolución número 127/2021

Número de Resolución: 
127/2021
Fecha: 
Jueves, 25 Marzo, 2021

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de suministro. Improcedencia para volver a calcular el criterio precio en un procedimiento de adjudicación por fases, cuando tras la ponderación de los criterios de adjudicación una de las licitadoras no supera el umbral de puntuación mínimo establecido para los de carácter cualitativo, impidiéndole pasar a la fase decisoria de adjudicación. Las empresas que no alcanzan la puntuación exigida no quedan excluidas del procedimiento, si bien no pueden resultar adjudicatarias del contrato. Art. 146.3 LCSP.

Resolución número 126/2021

Número de Resolución: 
126/2021
Fecha: 
Jueves, 25 Marzo, 2021

Desestimación de recurso contra lote de contrato de suministro. La recurrente presenta DEUC y documentación de solvencia para el lote al que pretende concurrir, pero no presenta oferta económica en plazo. La LCSP prohíbe las ofertas verbales y la aportación escrita fuera del plazo de presentación de proposiciones, por ser contraria a los principios de igualdad, no discriminación y seguridad jurídica. Arts. 1, 37, 132 y 139 LCSP, 83 RGLCAP y 20 RGCPCM.

Resolución número 118/2021

Número de Resolución: 
118/2021
Fecha: 
Jueves, 18 Marzo, 2021

Desestimación de reclamación en contrato de servicios. La solvencia técnica y económica requerida en el PCAP está vinculada al objeto y guarda proporción con el contrato a ejecutar. La solvencia técnica no vulnera los arts. 48 RDLCSE y 93 LCSP, aceptando certificados equivalentes y acreditaciones de organismos españoles e internacionales. La solvencia económica mediante volumen anual de negocios no alcanza el valor medio anual de un lote, lejos del valor máximo exigible en el art. 87.1.a) LCSP, junto a la posibilidad de acreditación con medios de otras entidades, arts.

Resolución número 117/2021

Número de Resolución: 
117/2021
Fecha: 
Jueves, 18 Marzo, 2021

Desestimación de reclamación contra exclusión en contrato de suministro. Incumplimiento pliegos no aporta memoria técnica. El documento omitido tiene carácter sustancial, imprescindible para la evaluación de los criterios cualitativos de adjudicación y determinante para la fase de selección de la aptitud técnica exigida, por lo que no procede conceder plazo de subsanación, pues el documento a aportar modificaría la oferta presentada.

Resolución número 101/2021

Número de Resolución: 
101/2021
Fecha: 
Jueves, 4 Marzo, 2021

Desestimación del recurso especial. La adscripción de medios materiales a la ejecución del contrato consistente en tres vehículos ECO, es ajustada a derecho, proporcional, no discriminatoria y relacionada con el objeto del contrato, que es el transporte escolar. Los certificados de calidad exigidos para acreditar el cumplimiento de la prescripciones técnicas son adecuados y no discriminatorios.

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