Preguntas frecuentes de consumo
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¿Qué entendemos por venta de saldos?
Se trata de la venta de productos cuyo valor de mercado ha disminuido porque están defectuosos, deteriorados, obsoletos. El comerciante debe especificar que los saldos son tales e indicar el tipo de defecto del producto.
Los establecimientos que habitualmente se dediquen a la venta de saldos, deben señalizarlo expresamente y de forma clara en el exterior.
Un establecimiento anunciaba una crema en promoción. Pero cuando fui a comprarla, el dependiente me dijo que estaban agotadas las existencias. ¿Puedo exigir que me proporcionen una?
En principio, el comerciante debe disponer de existencias suficientes para hacer frente a esa oferta o promoción anunciada.
No obstante, si llegaran a agotarse durante el tiempo que dura la promoción, el comerciante deberá hacerle una reserva manteniendo las condiciones y precio de la oferta, y, si finalmente no fuera posible entregarle el producto, deberá ofrecerle uno de similares condiciones y características.
Compré un televisor nuevo durante las rebajas y en la tienda me dijeron que, al ser más barato, sólo tiene una garantía de un año. ¿Es legal?
No. Haya rebajas o no, la garantía es igualmente de dos años a contar desde el momento en que se entrega el producto. Si usted compra, por ejemplo, un televisor rebajado que no funciona bien, está en su derecho de exigir el cumplimiento de la garantía. Los comerciantes no pueden anular la garantía de un producto con la excusa de que está rebajado.
Compré un televisor nuevo durante las rebajas y en la tienda me dijeron que, al ser más barato, sólo tiene una garantía de un año. ¿Es legal?
No. Haya rebajas o no, la garantía es igualmente de dos años a contar desde el momento en que se entrega el producto. Si usted compra, por ejemplo, un televisor rebajado que no funciona bien, está en su derecho de exigir el cumplimiento de la garantía. Los comerciantes no pueden anular la garantía de un producto con la excusa de que está rebajado.
Compré un artículo durante las rebajas y lo quiero devolver dentro del plazo que se especifica en el tique. Sin embargo, no admiten la devolución en la tienda porque el producto es rebajado.
Aunque el producto esté en rebajas, si el tique de compra especifica que se admiten devoluciones, la tienda debe admitirlas.
Algunos comercios suelen admitir la devolución de los artículos a lo largo de todo el año, excepto aquéllos comprados en rebajas. Esto puede hacerse siempre que la información al público sea clara.
Si compro un producto fuera de la Unión Europea, ¿me cubre la garantía igual que en España? ¿A quién tengo que reclamarlo?
De acuerdo con la normativa europea, la garantía del producto la otorga el vendedor, por lo que en este caso, el consumidor debe reclamar a la tienda donde lo adquirió, a través del Centro Europeo del Consumidor en España.
Existen muchos productos en los que el fabricante da una garantía comercial. Conviene leer las condiciones para saber si puede ejercitarla en España.
Llevé un producto defectuoso a la tienda donde lo compré y me indicaron que ellos no daban la garantía sobre el producto, sino que lo hacía el fabricante. ¿Puede la tienda desentenderse de cumplir con las condiciones que figuran en la garantía?
No. Es el vendedor quien responde ante el consumidor de la conformidad del bien vendido, en consecuencia, es la tienda donde lo adquirió la que responde de la conformidad del producto, que en este caso, por ser nuevo, tiene una garantía de dos años.
He ido a devolver unos zapatos que he comprado esta misma mañana. La tienda admite la devolución, pero dice que, a cambio, no me da mi dinero, sino un vale que caduca en seis meses. ¿Puede hacerlo?
Sí. Las tiendas pueden establecer las condiciones en las que admiten la devolución de productos, que deberán estar indicadas en el tique o en carteles.
Adquirí una prenda de vestir en una tienda y al llegar a casa comprobé que no era mi talla, pero el establecimiento se negó a aceptar la devolución. ¿Qué puedo hacer?
Si el establecimiento no anuncia ni en la tienda ni en el tique la posibilidad de devolución, no podrá cursar ningún tipo de reclamación, ya que no existe ninguna legislación que obligue a la tienda a la devolución del importe abonado o al cambio de la prenda: este tipo de ventaja es norma particular e interna de cada establecimiento.
Únicamente están obligados al cambio o devolución cuando la venta se produzca a distancia (internet o teléfono, por ejemplo) debido al derecho de desistimiento, o al cambio cuando el producto esté defectuoso.
Si un establecimiento acepta el pago con tarjeta bancaria, ¿puede establecer un importe mínimo como, por ejemplo, 3 euros, y negarse a aceptar la tarjeta por importes inferiores?
Los establecimientos pueden negarse a cobrar determinadas cantidades con tarjeta, siempre que lo anuncien previamente a sus clientes a través de carteles visibles al público.

