
La Unión Europea refuerza la seguridad de los productos
El 13 de diciembre de 2024 comenzó a aplicarse el Reglamento 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos. Este reglamento complementa lo establecido por la Ley de Servicios Digitales, en vigor desde febrero de 2024, la cual protege los derechos de los consumidores ante este tipo de consumo cada vez más en boga.
El 13 de diciembre de 2023 entró en vigor el Reglamento 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos, a partir de esa fecha, los Estados miembros solo permitirán la entrada de productos que se ajusten a lo establecido en el Reglamento.
El hecho de que la seguridad de productos pase a estar regulado en un reglamento es porque es el instrumento normativo más apropiado, ya que impone normas claras y detalladas que no dejan margen para transposiciones divergentes por parte de los Estados miembros, permite conseguir mejor el objetivo de garantizar la congruencia con el marco legislativo de vigilancia del mercado de los productos que entran en el ámbito de aplicación de la legislación de armonización de la Unión y reduce la carga normativa mediante una aplicación uniforme de las normas de seguridad de los productos en toda la Unión.
Objetivos
El reglamento establece los requisitos de seguridad para los productos de segunda mano y los productos reparados, reacondicionados o reciclados que vuelvan a entrar en la cadena de suministro en el transcurso de una actividad comercial, excepto aquellos productos de los que el consumidor no pueda esperar razonablemente que cumplan las normas de seguridad más actuales, como los productos que se presenten expresamente como destinados a ser reparados o a ser reacondicionados o que se comercialicen como objetos de colección de importancia histórica y que no quedan amparados bajo otras normas armonizadas, con el fin de garantizar la salud y la seguridad de los consumidores y el funcionamiento del mercado interior en lo que respecta a los productos destinados a los consumidores.
No se aplica a productos específicos como medicamentos, alimentos, piensos, plantas y animales vivos, productos fitosanitarios, equipos de transporte, aeronaves, antigüedades o productos de los que se indique de forma clara que deben ser reparados o reacondicionados antes de su utilización.
El reglamento incluye los criterios para evaluar la seguridad de los productos, incluyendo en dicha evaluación los riesgos que presentan para determinadas categorías de consumidores que puedan utilizar esos productos, en particular niños, personas mayores y personas con discapacidad.
Además, el nuevo reglamento, establece las medidas que todos los operadores económicos que intervengan en la cadena de suministro y distribución deben adoptar para asegurarse de que solo comercialicen productos que sean seguros, repartiendo las obligaciones que se correspondan con el papel de cada operador en el proceso de suministro y distribución, ampliando las obligaciones que los prestadores de mercados en línea en la cadena de suministro, en relación con los contenidos alojados en sus interfaces en línea que afecten a la seguridad de los productos.
Respecto al papel del consumidor, el reglamento les otorga un mayor protagonismo, en tanto que obliga a los Estados miembros a ofrecer a los consumidores y a otras partes interesadas, como las asociaciones de consumidores y los operadores económicos, la posibilidad de presentar reclamaciones, e incluso se abre la posibilidad para que los consumidores, en una sección aparte del portal Safety Gate, puedan informar a la Comisión de aquellos productos disponibles en el mercado que presentan un riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores.
Responsabilidades
El reglamento incluye también las obligaciones de cada uno de los operadores económicos que intervienen en el proceso de comercialización: el fabricante, el representante autorizado, el importador, el distribuidor, el prestador de servicios logísticos o cualquier otra persona física o jurídica sujeta a obligaciones en relación con la fabricación de productos o su comercialización.
El aspecto más novedoso en este sentido, es la obligación de que en el producto se incluya información sobre:
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El número de modelo, partida o serie, o cualquier otro elemento que permita su identificación y que sea fácilmente visible y legible para los consumidores o, si el tamaño o la naturaleza del producto no lo permite, se asegurará que la información obligatoria figure en el envase o en un documento que acompañe al producto.
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El nombre, nombre comercial registrado o marca registrada, dirección postal y de correo electrónico y, cuando sea diferente, la dirección postal o de correo electrónico del punto de contacto único en el que se pueda contactar con el operador económico responsable en la UE (fabricante, representante o importador). Esta información se colocará en el producto o, cuando no sea posible, en su envase o en un documento que lo acompañe
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Las instrucciones e información relativa a la seguridad deben ser claras y en un lenguaje fácilmente comprensible para los consumidores.
Además, el operador económico responsable en la UE pondrá a disposición pública canales de comunicación, como un número de teléfono, una dirección de correo electrónico o una sección específica de su página web, teniendo en cuenta las necesidades en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad, que permitan a los consumidores presentar reclamaciones e informar a los fabricantes/importadores de cualquier accidente o problema de seguridad que hayan experimentado con un producto.
El reglamento destaca que ningún producto podrá ser introducido en el mercado si no tiene un operador económico responsable dentro de la Unión Europea, ya sea el fabricante, su representante autorizado, un importador, o cualquier otra persona física o jurídica relacionada con la fabricación o comercialización del producto.
Dado el importante papel que desempeñan los prestadores de mercados en línea a la hora de intermediar en la venta de productos entre comerciantes y consumidores, estos agentes deben tener más responsabilidades en relación con la venta online de productos que puedan resultar peligrosos.
Además, los prestadores de mercados en línea no deben permitir que se ofrezca un producto determinado en sus plataformas, a menos que el comerciante proporcione toda la información sobre la seguridad del producto. Ello implicará informar sobre la trazabilidad del producto o de una parte, un componente o cualquier programa informático integrado en el producto, así como los operadores económicos que intervienen en el proceso de comercialización.
Ley de Servicios Digitales
Desde febrero de 2024 está en vigor la Ley de Servicios Digitales, que establece una serie de premisas que deben cumplir todos los operadores económicos que comercialicen productos en línea o a través de otros medios de venta a distancia.
En ese sentido, los prestadores de mercados en línea diseñarán y organizarán su interfaz en línea de manera que se permita a los comerciantes que ofrezcan el producto proporcionar, como ya se establecía en el Reglamento, la siguiente información sobre cada producto ofrecido y se garantice que la información se muestre, o se pueda acceder fácilmente a ella en la página del producto:
a) el nombre, nombre comercial registrado o marca registrada del fabricante, así como la dirección postal y de correo electrónico en las que se pueda contactar al fabricante;
b) en caso de que el fabricante no esté establecido en la Unión, el nombre y la dirección postal y de correo electrónico de la persona responsable.
c) información que permita identificar el producto, incluidos una imagen del producto, su modelo y cualquier otro identificador del producto, y
d) cualquier advertencia o información relativa a la seguridad que deba colocarse en el producto o su envase o deba acompañarlo.
Reclamaciones
Si se encuentra con algún problema en la prestación de algún servicio digital, primero póngase en contacto con la empresa.
Si no llega a un acuerdo, puede presentar una reclamación en la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, a través de internet, o en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su domicilio,
La Ley de Servicios Digitales exige que las plataformas proporcionen mecanismos claros de reclamación y resolución extrajudicial de conflictos. Las plataformas deben informar si un producto es vendido por un profesional o un particular, lo que puede afectar al derecho a reclamar.
Fecha de actualización: 16 de junio de 2025