Inspección y disciplina urbanística
La Inspección Urbanística tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, donde se integran las determinaciones contenidas en el planeamiento urbanístico.
¿Qué objetivos persigue la inspección urbanística?
Para garantizar la protección de la legalidad urbanística la actividad inspectora se dirige a comprobar que los actos de parcelación, urbanización, construcción, y uso del suelo o el subsuelo se ajustan a la legislación y al planeamiento vigente.
Organismos intervinientes
La protección de la legalidad urbanística es una competencia atribuida por la legislación vigente a los Ayuntamientos y a la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, el concreto ejercicio de competencias por la Comunidad de Madrid en materia de disciplina urbanística se configura con carácter sustitutorio y subsidiario respecto de los Ayuntamientos.
Los criterios fundamentales de actuación son:
- La vigilancia del cumplimiento de la legalidad vigente en los suelos que el planeamiento territorial y municipal clasifican como suelo no urbanizable, con especial cuidado en los adscritos a alguna categoría de especial protección, así como los destinados a espacios libres y zonas verdes
- La inspección tendente a evitar infracciones de mayor trascendencia territorial, en particular, la formación de núcleos de población no previstos en el planeamiento y la formación de parcelaciones ilegales.
Por ello, la actividad inspectora se realiza de forma coordinada mediante la cooperación con los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, así como otras instituciones públicas como el Poder Judicial, Fiscalía, Defensor del Pueblo, Registros de la Propiedad y Guardia Civil.
¿Qué funciones realiza la inspección urbanística?
En este marco la inspección urbanística de la Comunidad de Madrid realiza las siguientes funciones:
- Controlar el cumplimiento de la ordenación urbanística, especialmente en relación con los actos de edificación y uso del suelo.
- Adoptar medidas para el restablecimiento de la legalidad urbanística alterada, así como la tramitación de procedimientos sancionadores por la comisión de infracciones urbanísticas.
- Informar y asesorar a las Administraciones y autoridades competentes.
¿Quién se encarga en la Comunidad de Madrid?
La Dirección General de Urbanismo cuenta con una Subdirección General de Inspección y Disciplina Urbanística como órgano competente para el desempeño de las funciones de inspección urbanística. Su personal realiza funciones de inspección urbanística y tiene la condición de agentes de la autoridad.
Tanto las Administraciones públicas como los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen para examinar toda clase de documentación y comprobar las condiciones de ejecución material de las actuaciones de construcción o uso del suelo.
¿Cómo colaborar?
Cualquier ciudadano puede formular denuncia en relación con actos de edificación o uso del suelo, que pudieran contravenir la legalidad urbanística.
Las denuncias deben dirigirse al siguiente órgano, preferentemente por vía telemática, al efecto de que la Inspección Urbanística realice las comprobaciones necesarias:
Subdirección General de Inspección y Disciplina Urbanística
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
C/ Alcalá 16, 5ª planta
28014 Madrid