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5 registros de 5813
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Resolución: 155/2026Fecha: 30/03/2026PENALIDAD POR RETIRADA OFERTA. La oferta fue retirada sin justificación en el trámite del 150 LCSP, por lo que se confirma la penalidad impuesta y se desestima recurso contra la resolución de imposición de la misma.
resolucion_155-2026_expediente_114-2026.pdf (165.25 KB) -
Resolución: 154/2026Fecha: 30/03/2026SOLVENCIA. Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de la solvenvia económica y técnica. Desestimación. La recurrente realiza un interpretación errónea de los pliegos en cuanto a la acreditación de la solvencia. No impugno los pliegos en el momento procedimental oprtuno.
resolucion_154-2026_expediente_113-2026_.pdf (199.41 KB) -
Resolución: 153/2026Fecha: 30/03/2026GARANTÍAS. SUBSANACIÓN: las garantías a prestar por los licitadores son un requisito esencial, cuya falta de presentación sólo resulta subsanable en aquellos casos en que, habiéndose constituido dentro del plazo establecido, no se haya acreditado su constitución; no resultando subsanable la falta de constitución de garantías en plazo.
resolucion_153-2026_expediente_108-2026_.pdf (155.74 KB) -
Resolución: 152/2026Fecha: 26/03/2026Inadmisión. Baja Anormal. Acto de trámite no cualificado. Se interpone contra el acuerdo de la mesa de contratación por laque se propone su inadmisión por estimar injustificada su oferta incursa en valores anormales o desproporcionados y acuerda elevar la propuesta de adjudicación al órgano de contratación a esta empresa. la propuesta de adjudicación hecha por la Mesa, no produce indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos de la recurrente, no le impide continuar en el procedimiento, ni decide directa oindirectamente sobre la adjudicación.A mayor abundamiento, del tenor del citado artículo 44.2 b) de la LCSP para que el acto de admisión de ofertas sea un acto de tramite cualificado susceptible de recurso deberá dictarse el mismo por el órgano competente:
resolucion_152-2026_expediente_122-_2026_.pdf (168.77 KB) -
Resolución: 151/2026Fecha: 26/03/2026Inadmisión. Se recurre un contrato cuyo valor estimado es inferior al establecido en el artículo 44.1 de la LCSP para la procedencia del REMC.
resolucion_151-2026_expediente_121-2026.pdf (161.68 KB)
