Resolución número 176/2020
Inadmisión recurso contra actos de la Mesa de Contratación no recurribles.
Inadmisión recurso contra actos de la Mesa de Contratación no recurribles.
Inadmisión de un recurso contra la adjudicación de un contrato de obras. La recurrente alega la anulación de una cláusula del Pliego en otro procedimiento por Resolución del Tribunal. En este momento no se puede recurrir el Piego que ha sido consentido por los participantes por lo que el recurso debe inadmitirse por extemporáneo.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato a una oferta en baja desproporcionada que justificó la viabilidad. La adjudicataria ha explicado debidamente en la justificación la viabilidad de su oferta. El informe, si bien es escueto, es suficiente.
Desestimación de recurso especial contra adjudicación de contrato de servicios. Error material sin incumplimiento de prescripciones técnicas. Se observan algunos errores e inconsistencias en la memoria técnica sin que lleguen a suponer incongruencia en la proposición presentada, ni puedan considerarse incumplimientos contractuales de la oferta. Improcedencia de rechazar proposiciones por pequeños defectos, u omisiones formales en la redacción de la oferta que no supongan alteración de la proposición, artículo 84 del RGLCAP.
Inadmisión recurso. Existiendo cinco licitadores el recurrente no está legitimado para instar que quede desierto.
Declaración de concluso el procedimiento por pérdida sobrevenida del objeto del recurso, al haber desistido el órgano de contratación del procedimiento de licitación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. La adjudicataria no está incursa en baja anormal, justifica el cumplimiento del convenio colectivo de aplicación a juicio del órgano de contratación y no se impugna la valoración de los criterios de adjudicación. No procede discutir los costes laborales aceptados con la presentación de la proposición sin haber impugnado los pliegos. Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 201 de la LCSP. No se aprecia incumplimiento de lo dispuesto en la LCSP ni en los pliegos que rigen la contratación.
Inadmisión de recurso contra un acto de la mesa de contratación que no se considera de trámite cualificado. Acuerdo de puntuaciones de los criterios de adjudicación.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicio de transporte en ambulancia. Dicho servicio se presta con parte del personal contratado laboral del Ayuntamiento. En el PCAP se da la opción a los trabajadores de optar por ingresar en la empresa del nuevo adjudicatario o seguir como personal laboral del Ayto. Los recurrentes en su escrito manifiestan su intención de seguir prestando sus servicios como personal laboral del Ayto.
Estimación de recurso interpuesto por ASEJA contra un contrato de servicios que incluye una mejora sin especificar los límites que impone el art. 145.7. Nulidad de PCAP.