Municipios/Entidades Locales

Resolución número 118/2025

Número de Resolución: 
118/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Marzo, 2025

Ofertas anormalmente bajas. El PCAP establece la fórmula para determinar las ofertas anormalmente bajas,(artículo 149.2.b) de la LCSP) sin que haya sido impugnado por el recurrente. La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada de los términos establecidos en los pliegos por lo que se desestima el recurso.

Resolución número 113/2025

Número de Resolución: 
113/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Prescripciones técnicas. El suministro ofertado no cumple con las exigencias requeridas en el PPT, ello lleva a excluir a las tres primeras ofertas, siendo la adjudicataria la ultima clasificada. El recurrente pretende considerar el requisito objeto de controversia como una alternativa siendo esta imposible con el funcionamiento y fin del desfibrilador

Resolución número 112/2025

Número de Resolución: 
112/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Proposiciones de los licitadores. Valoración de ofertas. Proposiciones de los interesados - requisitos - Extensión de la Memoria. Desestimación de recurso contra adjudicación, pues la oferta incumplía lo dispuesto en pliego en relación a la presentación de la extensión y tipo de letra de la Memoria valorable mediante juicio de valor. No se trata de una formalidad, pues afecta al principio de igualdad de trato entre licitadores.

Resolución número 111/2025

Número de Resolución: 
111/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Solvencia. Solvencia técnica empresas de nueva creación. El contrato no está sujeto a regulación armonizada por lo que le es de aplicación el artículo 90.4. de la LCSP debiendo recogerse en el PCAP los medios para acreditar la solvencia técnica para las empresas de nueva creación. 

Resolución número 107/2025

Número de Resolución: 
107/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Prestaciones de carácter intelectual. De acuerdo con el artículo 145.4. de la LCSP, los servicios de arquitectura son prestaciones de carácter intelectual, por eso los criterios relacionados con la calidad deberán representar, al menos, el 51 por ciento de la puntuación asignable a la valoración de las ofertas. 

Resolución número 106/2025

Número de Resolución: 
106/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Solvencia. Solvencia Técnica. Acreditación de la solvencia. Recurso contra adjudicación del contrato por no cumplir la adjudicataria con las exigencias del pliego respecto a la ceertificación del ENS. Desestimación. El certificado cumple las exigencias de los pliegos al disponer del certificado nivel medio exigido, ya que los pliegos no determinan su alcance. Artículo 139.1 LCSP.

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