Resolución número 317/2024
Desaparición del objeto del recurso al haber anulado el órgano de contratación los pliegos.
Desaparición del objeto del recurso al haber anulado el órgano de contratación los pliegos.
Inadmisión de reclamación por extemporáneo.
Desestimación de recurso. No cabe atender una segunda subsanación de la documentación acreditativa de la solvencia técnica, pese a que la recurrente lo califique de aclaración de la subsanación. Presentación extemporánea. No existe error de interpretación de los pliegos, pues son claros a la hora de acumular solvencia lotes.
Actos no recurribles. Actos de trámite no cualificados. Recurso contra la propuesta de adjudicación de contrato. Inadmisión por tratarse de un acto de trámite no cualificado no susceptible de recuro especial.
Solvencia. Acreditación. El PCAP solicita para acreditar la solvencia las cuentas de la entidad registradas. El recurrente aporta el asiento de presentación, no la inscripción ni la certificación. Se considera no acreditada la solvencia.
Prohibición de contratar. Recurso contra adjudicación de contrato por estar el adjudicatario incurso en prohibición para contratar. Desestimación. A la fecha de adjudicación la empresa en fase de consultas previas sin que existiera auto de declaración voluntaria de concurso de acreedores.
Solvencia. Recurso contra exclusión de licitador propuesto como adjudicatario por no acreditar la solvencia técnica. Desestimación. No acredita de acuerdo con los pliegos la solvencia técnica exigida mediante los correspondientes certificados que incluyan servicios de los tres primeros dígitos de CPV.
Recurso contra adjudicación de contrato por estar incurso el adjudicatario en prohibición de contratar a no disponer de un plan de igualdad. Desestimación. Aplicación doctrina de cosa juzgada administrativa.
solvencia. Recurso contra pliegos por considerar que la solvencia técnica exigida restringe la competencia. Desestimación. La solvencia exigida es la mínima prevista en el artículo 90.2 de la LCSP y es acorde con la complejidad del contrato.
Criterios de adjudicación. Recurso contra pliegos por considerar que un criterio de adjudicación limita la concurrencia y no está justificado. Desestimación. La justificación se realiza a través de la respuesta a la consulta planteada por la recurrente. Doctrina de la discrecionalidad técnica.