Baja temeraria

Resolución número 312/2021

Número de Resolución: 
312/2021
Fecha: 
Jueves, 8 Julio, 2021

Inadmisión de recurso contra propuesta de exclusión y adjudicación de contrato de servicios. Acto no susceptible de recurso conforme a lo dispuesto en los arts. 44.2 y 55c) LCSP, por corresponder al órgano de contratación la exclusión por baja anormal y la adjudicación del contrato, arts. 149.6 y 150.3 LCSP.

Resolución número 297/2021

Número de Resolución: 
297/2021
Fecha: 
Jueves, 1 Julio, 2021

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Se impugna la viabilidad de la oferta de la adjudicataria inicialmente incursa en valor anormal por licitadora que oferta mayor porcentaje de baja. Servicio sin utilización intensiva de mano de obra. Omisión de costes no cuantificados por recurrente. Adjudicación conforme a pliegos y art.149 LCSP.  

Resolución número 267/2021

Número de Resolución: 
267/2021
Fecha: 
Viernes, 18 Junio, 2021

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Exclusión por baja anormal. Justificación de la baja vulnerando art. 149.4 LCSP. Fundamenta el ahorro de costes en prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico y económico. Inviabilidad de la oferta justificaciones contrarias a medios personales requeridos en pliegos.

Resolución número 266/2021

Número de Resolución: 
266/2021
Fecha: 
Viernes, 18 Junio, 2021

Estimación de recurso contra la adjudicación y exclusión por baja anormal en contrato de servicios. Competencia del Tribunal y régimen jurídico del contrato. Procedimiento art.149 LCSP. Improcedente motivación de rechazo de oferta, basada en la aplicación a los costes laborales justificados por la recurrente de Convenio Colectivo no aplicable conforme a art.100.3 LCSP y PCAP.

Resolución número 264/2021

Número de Resolución: 
264/2021
Fecha: 
Viernes, 18 Junio, 2021

Desestimación del recurso. El informe técnico justifica la viabilidad de la oferta incursa en valores anormales o desproporcionados. La decisión del órgano de contratación está dentro del ámbito de discrecionalidad dada al mismo a la hora de apreciar la viabilidad de las ofertas incursas en presunción de temeridad.

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