Resolución número 135/2021
Inadmisión de recurso contra pliegos de un contrato de servicios reservado a CEE por haber presentado la oferta antes del REMC.
Inadmisión de recurso contra pliegos de un contrato de servicios reservado a CEE por haber presentado la oferta antes del REMC.
Recurso de una asociación profesional contra los pliegos de condiciones para un servicio centralizado de administración y gestión de los edificios residenciales gestionados por la Agencia de Vivienda Social. Se pretende la división por lotes según los servicios a prestar. Consta en el expediente justificación suficiente sobre la no división en lotes del contrato. Se desestima el recurso.
Estimación parcial de recurso contra los pliegos. Anulación de cláusula que faculta al órgano de contratación a efectuar retenciones en el precio para garantizar pagos de salarios y cuotas sociales. Anulación de cláusula que exige fianza complementaria por riesgo de ejecución de contrato. Incumplimiento del artículo 107 de LCSP, falta de resolución motivada.
Desestimación recurso especial contra la adscripción de medios materiales previstos en pliegos. Son conformes a derecho la adscripción de tres vehículos eco. Son proporcionados, no discriminatorios y vinculados con el objeto del contrato. La exigencia de certificados para la acreditación del cumplimiento de las prescripciones técnicas no es arbitrario ni limitativo de la competencia. Posibilidad de acreditación por medios alternativos.
Desestimación de reclamación en contrato de servicios. La solvencia técnica y económica requerida en el PCAP está vinculada al objeto y guarda proporción con el contrato a ejecutar. La solvencia técnica no vulnera los arts. 48 RDLCSE y 93 LCSP, aceptando certificados equivalentes y acreditaciones de organismos españoles e internacionales. La solvencia económica mediante volumen anual de negocios no alcanza el valor medio anual de un lote, lejos del valor máximo exigible en el art. 87.1.a) LCSP, junto a la posibilidad de acreditación con medios de otras entidades, arts.
Desestimación del recurso. En este supuesto la condición de arraigo territorial no opera en los pliegos ya que no se exige a los licitadores tener abierta una oficina en el momento de presentar las ofertas, sino solo al propuesto como adjudicatario.
Estimación de recurso contra los pliegos en contrato de suministro con un único criterio de adjudicación: precio. Ausencia de justificación en el expediente de contratación de la inclusión de un único criterio frente al criterio general de incluir varios criterios. Vulneración del artículo 116.4 de la LCSP.
El procedimiento finaliza porque el interesado desiste del recurso interpuesto.
Desestimación del recurso contra los pliegos del contrato de suministro de medicamentos (infliximab) al no ser contrario a derecho el establecimiento del precio como criterio único de adjudicación.
Recurso sobre los pliegos de condiciones de un servicio de transporte mediante taxis para determinados empleados de Metro de Madrid. Recurre una asociación empresarial de empresas de vehículos VTC. Considera que los pliegos limitan la libre competencia al estar definido el servicio únicamente para taxis, imposibilitando la participación de otros operadores económicos.