Resolución número 248/2021
Desestimatoria. Los Pliegos cumplen con la resolución anterior del Tribunal en cuanto a titulaciones exigibles a los operarios y experiencia en mantenimiento de aparatos de electromedicina.
Desestimatoria. Los Pliegos cumplen con la resolución anterior del Tribunal en cuanto a titulaciones exigibles a los operarios y experiencia en mantenimiento de aparatos de electromedicina.
Recurso especial contra los Pliegos. Indebida inclusión en el PPT de obligaciones para el adjudicatario del contrato. Anulación del PPT, ya que dichas obligaciones deben incluirse en el PCAP.Inadecuada definición del objeto del contrato en el PCAP.
Pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación porque el órgano de contratación desiste del procedimiento de licitación.
Recursos planteados por cuatro sindicatos, de los cuales solo se admite el correspondiente a CCOO. Pretenden hacer valer el Convenio Colectivo de empresa suscrito y entregado a la Autoridad Laboral pero que aún no está publicado. Defectuosamente formulado al no concretar las diferencias cuantitativas entre la aplicación de un convenio y otro. Se desestima y se invoca la doctrina de riesgo y ventura para el adjudicatario que conlleva también la asunción de las obligaciones laborales que dimanen de un nuevo Convenio Colectivo.
Inadmisión del recurso presentado por parte del Grupo Municipal al ser extemporáneo.
Estimación de recurso contra la exclusión en un contrato de servicios. Los motivos de la exclusión en el procedimiento de adjudicación han de ser claros y responder a incumplimientos expresamente previstos en los pliegos que rigen la contratación o la LCSP. Los posibles incumplimientos en la ejecución de la prestación, de producirse, se solventan mediante la imposición de las penalidades, resolución del contrato o incluso prohibición de contratar, que expresamente regulan los pliegos y la LCSP.
Desestimación de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Convenio Colectivo de aplicación, conforme a lo dispuesto en los arts. 100.2 y 102.3 LCSP. El PCAP recoge el Convenio Sectorial en vigor en el momento de elaborar el presupuesto. Los incrementos de costes laborales del nuevo Convenio no se cuantifican por el recurrente, quedando acreditado que son nimios frente al presupuesto total del contrato, el cual atiende a los precios generales de mercado.
Inadmisión de recurso especial que fue presentado ante el registro del TACRC en último día del plazo, siendo remitido al día siguiente al registro de este Tribunal. No realizó comunicación alguna sobre la presentación del recurso en el registro de órganos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Recurso extemporáneo.
Inadmisión por cuantía.
Desestimación de recurso especial contra los Pliegos por no justificar la exigencia de garantía provisional a los licitadores. Consta en el expediente informe justificativo al respecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la LCSP.