Desestimatoria

Resolución 241/2026

Número de Resolución: 
241/2026
Fecha: 
Jueves, 21 Mayo, 2026

Asociacion profesional. Impugna el presupuesto base de licitacion al entender que no recoge los costes salariales del personal a subrogar. Impugna tambien el crtiterio de adjduiicacion de las mejoras. Presupuesto ajustado al articulo 100 LCSP. SE preve la revision de precios e incremento de gastos de personal. Mejoras definidas de forma objetiva , no cointrarias al principio de igualdad. Desestimacion

Resolución 239/2026

Número de Resolución: 
239/2026
Fecha: 
Jueves, 21 Mayo, 2026

OFERTA ANORMALMENTE BAJA. La justificación presentada por la reclamante para acreditar la viabilidad de su oferta, carece de un mínimo desglose económico que permita acreditar que con el precio ofertado se puede ejecutar el contrato. Si bien el informe técnico, que valora la viabilidad de la oferta, es escueto, no puede aportar una mayor  motivación,  pues la justificación presentada por la reclamante no permite realizar un análisis más detallado.

Resolución 237/2026

Número de Resolución: 
237/2026
Fecha: 
Jueves, 21 Mayo, 2026

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que el adjudicatario no ha acreditado las prescripciones técnicas. Desestimación. De acuerdo con el PPT, la aportarán los test de detección de Ac Anti-JCV equivalente al test de referencia STRATIFY debe aportarlos el adjudicatario del contrato, en fase de ejecución del contrato. 

Resolución 227/2026

Número de Resolución: 
227/2026
Fecha: 
Jueves, 14 Mayo, 2026

SOLVENCIA ECONOMICA. La acreditación de la solvencia economica es acreditada con una aprobación de la sociedad recurrente, sin contar con las cuentas generales de 2024 ni estar depositadas en el Registro Mercantil, por lo que es excluida la oferta. En fase de recurso presenta la certificación del deposito de la cuenta general de 2024 en el Registro  Mercantil, pero se considera extermporanea.

Resolución 226/2026

Número de Resolución: 
226/2026
Fecha: 
Jueves, 14 Mayo, 2026

DISCRECIONALIDAD TECNICA: Se plantea un posible incumplimiento de los requisitos tecnicos exigidos en los pliegos de condiciones por parte de la oferta de la recurrente. Tratandose de un tema especialmente complejo tecnicamente al basarse en diversos programs informaticos, su desarrollo e interactividad, se considera veraz el informe técnico emitido, comprobandose los tres limites de la discrecionalidad tecnica: errore, abitrariedad y motivación

Resolución 221/2026

Número de Resolución: 
221/2026
Fecha: 
Jueves, 14 Mayo, 2026

ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS. El recurrente fundamenta su recurso en una interpretación errónea de los pliegos,  pues los medios que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, no son un requisito de solvencia o aptitud que le impidan participar en la licitación si no dispone de ellos en el momento de presentar su oferta. Es un compromiso de adscripción de medios que deberá acreditar el adjudicataro del contrato. 

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