EL PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES FINALIZA EL 9 DE ABRIL.
Los Ayuntamientos y entidades privadas sin ánimo de lucro pertenecientes a la Comunidad de Madrid podrán solicitar, hasta el próximo 9 de abril, las ayudas para sus archivos convocadas este año por el Gobierno regional. Un total de 100.000 euros con lo que podrán subvencionar nuevo equipamiento para sus archivos, abordar la descripción de fondos documentales históricos y realizar la restauración de los mismos. Los archivos municipales, además, podrán solicitar ayudas para la microfilmación y digitalización de sus fondos.
17 marzo 2021
Como ya ocurriera en años anteriores, el copago que deberán asumir Ayuntamientos y entidades privadas se ha establecido en una proporción donde la Comunidad de Madrid sufragará un 80% de los gastos y los solicitantes el 20% restante.
En concreto, en el caso de los archivos municipales, la convocatoria de 2021 señala que la inversión para el equipamiento de local de archivo será de 15.000 euros y de 12.500 para descripción de fondos documentales históricos. También, se destinarán 12.500 para la restauración, y para la microfilmación y digitalización de los fondos históricos serán 10.000.
Sólo se podrá solicitar subvención para una única línea de actuación y, en el caso de presentarse más de una, únicamente se tendrá en cuenta la que haya entrado en primer lugar en el Registro. Además, las corporaciones locales no podrán solicitar una cantidad superior a los 5.000 euros en la línea de equipamiento, a 4.000 en el caso de descripción y restauración, y a 3.000 en microfilmación y digitalización.
La línea de equipamiento establece que el local que se pretenda equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental. Además, en el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos, el Ayuntamiento deberá contar con personal técnico archivero. Si no tuviera obligación de ello, en razón del objeto de la subvención solicitada, el local a equipar deberá estar ubicado en el edificio consistorial.
SUBVENCIÓN: EQUIPAMIENTO LOCAL DE ARCHIVO 2020




Por su parte, la línea de descripción de fondos documentales histórico señala que los municipios deberán tener una población inferior a 10.000 habitantes para optar a esta ayuda y los Ayuntamientos no dispondrán en su plantilla de personal técnico archivero.
La línea de restauración exige que los documentos a restaurar deberán contar con un documento de control en el que conste, como mínimo, una breve descripción de estos y las fechas de los mismos. Además, si el Ayuntamiento no contara con personal técnico archivero o no tuviera instalaciones adecuadas, los documentos originales restaurados quedarán depositados en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid hasta la desaparición de las causas que motivaron dicho depósito.


Finalmente, la línea de actuación de microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos señala como requisitos que los Ayuntamientos tengan personal técnico archivero y que dispongan de instalaciones adecuadas para la conservación y custodia de los documentos.

Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro</span
La convocatoria de 2021 tiene como novedad una ampliación en las líneas de actuación con respecto a las ayudas para entidades privadas. Si en ocasiones anteriores sólo se convocó una línea de actuación (equipamiento de archivo en 2019 y restauración de documentos en 2020) este año se convocan las tres líneas de actuación posibles: la línea de restauración de documentos, para la que se destinan 10.000 euros; la de descripción y digitalización de fondos documentales, que alcanza los 25.000; y el equipamiento de archivo, que asciende a 15.000. También, novedad de esta convocatoria es que cada entidad privada podrá presentar solicitud para las tres líneas de actuación, con el límite de un único proyecto completo por cada una de ellas.
La línea de restauración de documentos en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro lleva aparejada la digitalización de los documentos restaurados. La cantidad a solicitar no podrá superar los 5.000 euros, siendo excluidas las solicitudes que se efectúen por un importe superior. Lo mismo ocurre con la línea de equipamiento, cuyo importe a solicitar no podrá superar la misma cantidad. En el caso de la línea de descripción y digitalización la cantidad a subvencionar deberá ser inferior a 6.000 euros.
La línea de actuación de restauración de documentos exige que sólo puedan solicitar subvención las entidades privadas sin ánimo de lucro cuyos documentos a restaurar cuenten con un documento de control en el que conste, como mínimo, una breve descripción de estos y las fechas de los mismos. Además, si la entidad privada no contara con personal técnico cualificado en materia de archivos o no tuviera instalaciones adecuadas, los documentos originales restaurados quedarán depositados en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid hasta la desaparición de las causas que motivaron dicho depósito.


Fundación Lazaro Galdiano.


Fundación Francisco Largo Caballero.
En el caso de la línea de descripción y digitalización de fondos documentales, será necesario que los documentos sobre los que realizar la descripción tengan más de cuarenta años de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid. Además, se tendrá que indicar el volumen de los documentos a inventariar y su estado de conservación. Finalmente, también será de obligado cumplimiento que las entidades privadas tengan personal técnico cualificado en materia de archivos para la supervisión de los trabajos técnicos e instalaciones adecuadas para la conservación y custodia de los documentos.
Por último, la línea de equipamiento de archivo señala que el local que se pretenda equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental y, en el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos y/o equipamiento informático, la entidad solicitante deberá contar con personal técnico archivero. Por otra parte, el local destinado a archivo se considerará apto cuando reúna los requisitos mínimos exigibles para una correcta conservación y custodia de los documentos, a criterio del personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental. A tal efecto, dicho personal podrá efectuar las visitas que considere oportunas con el fin de comprobar la idoneidad del local.
Asimismo, en relación con esta línea de actuación, el equipamiento de archivo comprenderá exclusivamente los siguientes elementos: el mobiliario para el local de archivo (estantería tradicional y/o compacta, metálica homologada, y planeros); los sistemas de seguridad (alarmas, detectores y cámaras de vigilancia); los sistemas de control medioambiental para la medición de temperatura y humedad de los depósitos de archivo; los dispositivos de reproducción de documentos (escáner, cámara fotográfica digital y equipos reproductores multifuncionales); los sistemas de protección contraincendios; y el equipamiento informático (hardware y software).
Las solicitudes se encuentran a disposición de los interesados en el portal web corporativo de la Comunidad de Madrid y en el Punto de Acceso General de Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid (tramitación de ayudas para archivos municipales | tramitación de ayudas para archivos privados), y se presentarán exclusivamente por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Consejería de Cultura y Turismo (Dirección General de Patrimonio Cultural. Subdirección General de Archivos y Gestión Documental) o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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