Archivo Histórico Provincial

Archivo Histórico de Protocolos de Madrid fondos

 

> ¿Qué es el Archivo Histórico Provincial de Madrid?

 El Archivo Histórico Provincial de Madrid es el centro de titularidad estatal y gestión transferida a la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental, que custodia, por el momento, solo los protocolos centenarios de los distritos notariales de la provincia de Madrid y de los Consulados de España en el extranjero, así como parte de los registros de las antiguas Contadurías de Hipotecas de la provincia de Madrid (partidos judiciales de Alcalá de Henares, Colmenar Viejo, Navalcarnero y San Martín de Valdeiglesias).

 

> Creación, funciones y fondos que custodia o deberá custodiar

Su creación se efectuó por parte del Ministerio de Cultura mediante la Orden CLT/7/2025, de 14 de enero, por la que se crea el Archivo Histórico Provincial de Madrid, lo que supuso la integración en su seno del antiguo Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. El objetivo de este Archivo es reunir, conservar, tratar técnicamente y difundir sus fondos documentales al servicio de la gestión administrativa, la información al ciudadano, la investigación y la cultura. Además, forma parte del Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y del Sistema de Archivos de la Comunidad de Madrid (dentro del Subsistema de Archivos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Madrid).

Desempeña las funciones previstas para los archivos intermedios e históricos en los artículos 11 y 12 del Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso, así como las establecidas en el artículo quinto del Decreto 914/1969, de 8 de mayo, por el que se crea el Archivo General de la Administración Civil.

El Archivo Histórico Provincial de Madrid está o estará conformado en un futuro por los siguientes fondos documentales (en negrita, subrayado y sombreados en verde se señalan los que custodia por el momento):

  1. Los protocolos notariales de más de cien años de antigüedad de todos los Distritos Notariales de la provincia de Madrid. Estos fondos constituyen una sección especial cuya gestión se ajustará a lo establecido tanto en los aparados 2, 3 y 4 del artículo 2 de la Orden CLT/7/2025, de 14 de enero, como en la Ley Orgánica del Notariado de 28 de mayo de 1862 y la normativa notarial de desarrollo de la misma, en las disposiciones sectoriales en materia de Archivos sobre las secciones especiales de protocolos de los Archivos Históricos Provinciales y documentos de conservación permanente, y en los acuerdos que se establezcan entre el Colegio Notarial de Madrid y el Ministerio de Cultura.
  2. Los documentos de las antiguas Contadurías de Hipotecas de la provincia de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 14 de diciembre de 1957, del Ministerio de Justicia, por la que se concede autorización a los Registradores de la Propiedad para la entrega de libros de la Contaduría de Hipoteca a los Archivos históricos.
  3. Los libros, documentos e instrumentos registrales generados por los antiguos Registros Civiles Municipales Principales y Registros Civiles Municipales Delegados, así como por las Oficinas Generales del Registro Civil, de la provincia de Madrid, considerados patrimonio documental con valor histórico en virtud de la disposición transitoria sexta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
  4. Los documentos e instrumentos registrales generados por el Registro Mercantil de la provincia de Madrid con valor histórico y que sean declarados de conservación permanente por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, de acuerdo con la legislación estatal vigente, a propuesta de la Comunidad de Madrid.
  5. Los documentos e instrumentos registrales generados por el Registro de Bienes Muebles de la provincia de Madrid con valor histórico y que sean declarados de conservación permanente por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, de acuerdo con la legislación estatal vigente, a propuesta de la Comunidad de Madrid.
  6. Los documentos e instrumentos registrales generados por los Registros de la Propiedad de la provincia de Madrid con valor histórico y que sean declarados de conservación permanente por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, de acuerdo con la legislación estatal vigente, a propuesta de la Comunidad de Madrid.
  7. Los documentos producidos por la Administración de Justicia en la provincia de Madrid con valor histórico que sean declarados de conservación permanente, de acuerdo con la legislación estatal vigente, a propuesta de la Comunidad de Madrid.
  8. Los documentos producidos por la Administración Periférica del Estado en la provincia de Madrid a partir del siglo XIX que sean declarados de conservación permanente por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, de acuerdo con la legislación estatal vigente, a propuesta de la Comunidad de Madrid. Además, ejercerá las funciones de custodia de los documentos antes indicados que no hayan sido declarados de conservación permanente, atribuidas a los Archivos Histórico Provinciales en el artículo quinto del Decreto 914/1969, de 8 de mayo.
  9. Cualesquier otros documentos que vengan determinados por la legislación vigente.

 

+INFO:

ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE MADRID

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(+34) 91 420 05 34

 

> La investigación en el Archivo

El Archivo Histórico Provincial de Madrid tiene el reconocimiento del mundo científico, que lo considera fuente básica para la reconstrucción de la historia de Madrid y de España, dado que esta ciudad fue sede de la Corte y capital del país y, por tanto, foco y reflejo de la actividad de éste.

El valor e interés de estos fondos es incalculable, no sólo como fuente documental para estudios globales o concretos sobre la actividad de las personas e instituciones de épocas pasadas, sino también y, sobre todo, por su carácter de testimonio y garantía de los derechos de los ciudadanos.

La legislación vigente en la Edad Moderna imponía o fomentaba la intervención del escribano en casi todos los actos de la vida privada o social de entonces. Además, al notario se acudía en numerosas ocasiones, por lo que han llegado hasta nosotros millones de documentos que ofrecen al investigador una importante fuente para la historia de las mentalidades (ideas religiosas, morales, políticas y culturales), la historia económica (precios, actividades mercantiles e industriales), la historia social rural y urbana (estructuras y clases sociales, régimen de la propiedad, régimen laboral, composición de la familia, mortalidad, etc.), y que, en suma, nos hablan de la vida de los hombres en su aspecto material y espiritual.

El investigador que se acerque a un protocolo notarial necesitará tiempo, paciencia y esfuerzo para desbrozar entre los miles de folios la información y los datos objeto de su investigación. Pero, a la vez, encontrará un importante caudal de información que se produce de forma repetida y que puede analizarse de forma homogénea más, si cabe, con los avances informáticos que facilitan la descripción de los documentos en los archivos e incluso las propias  investigaciones de un modo sistemático y global.

Las escrituras notariales nos invitan a conocer la vida privada de los madrileños, como vivían, cómo eran sus casas, los enseres y ajuar doméstico que en ellas tenían, sus costumbres y otros muchos detalles de su vida cotidiana. Todo ello se puede estudiar gracias a los testamentos e inventarios de bienes.

Los escribanos públicos intervenían en muchos más actos jurídicos que los notarios actuales ya que, hasta la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862 tenían duplicidad de funciones: judicial y extrajudicial. Por eso, todo asunto importante en ciudades o núcleos rurales pasaba ante el escribano que debía dar forma documental a una amplia gama de situaciones y negocios jurídicos, de ahí que la variedad de tipos de documentos que se encuentran en los protocolos notariales sea enorme. Entre los más significativos se pueden citar: poderes, arrendamientos y ventas de todo tipo, donaciones y renuncias, fianzas, imposiciones de censos y juros, cartas de pago, emancipaciones y prohijamientos de menores, curadurías y tutorías, informaciones de limpieza de sangre, de hidalguía o de cautiverio, cartas de horro y libertad de esclavos, contratos de obras, ordenanzas gremiales, fundaciones y estatutos de sociedades, testamentos, patentes de invención, derechos de autor… y un sinfín de actos jurídicos que, en ocasiones, incorporan valiosísimos  documentos como, por ejemplo, los planos y dibujos.

 

> Sistema Notarial de Archivos

Hoy día los notarios conservan los documentos en sus despachos hasta los 25 años de antigüedad, en que deben transferirlos a los Archivos Generales de los Distritos Notariales o de los Colegios profesionales. Cuando cumplen 100 años los protocolos se remiten desde los Archivos Generales a los Archivos Históricos, siendo desde este momento de acceso público para cualquier ciudadano. Antes de los 100 años, los notarios pueden permitir el acceso a una determinada escritura pública contenida en el protocolo, siempre que demuestren ser partes interesadas con derechos adquiridos, sus herederos o causahabientes.

 

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> La primera sede en la calle Alberto Bosh: un edificio singular

El Archivo Histórico Provincial de Madrid ha estado situado, hasta el 23 de noviembre de 2015, en la calle Alberto Bosch nº 4, ocupando el edificio que para tal fin fue construido por el arquitecto Joaquín de la Concha Alcalde en 1886, a instancia del Ministerio de Gracia y Justicia, cumpliendo con los requisitos exigidos a un edificio de tales características: ser sólido e incombustible.

Hoy en día se encuentra catalogado, entre los edificios históricos de Madrid, como singular, gozando de nivel 1 de protección. Destaca tanto por la utilización de sus materiales, exclusivamente piedra granítica, ladrillo y hierro fundido, como por su sencilla decoración que contribuye a su imagen ecléctica. Actualmente, el edificio se encuentra pendiente de una remodelación integral por parte del Ministerio de Justicia para adaptarlo a las nuevas necesidades y al entorno del siglo XXI.

 

Archivo de escrituras públicas

Hubo varios intentos de creación de archivos de protocolos, pero no es hasta el siglo XVIII cuando se establece en Madrid el Archivo de Escrituras Públicas, que es el antecedente del anterior Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, actualmente integrado en el Archivo Histórico de Protcolos de Madrid. En efecto, por Real Cédula de 5 de marzo de 1765, Carlos III crea este Archivo para recoger los protocolos dispersos de escribanos fallecidos, en manos de comunida­des y de personas particulares; el 11 del mismo mes es nombrado archivero Vicente García Trío, y por auto del Consejo de Castilla de 11 diciembre se establecen las reglas para el régimen del archi­vo. Ocupa éste, durante más de medio siglo, un local propiedad del Ayuntamiento. El Estado, para compensar la falta de pago de alquiler a la Corporación municipal, acaba por cederle el archivo el 3 de noviembre de 1842.

Desde 1853 Manuel de Epalza y Pardo se encarga del «archivo de escrituras públicas» hasta que cesa el 21 de noviembre de 1868 y es sustituido por el notario José Mª Valverde. Epalza, que fue el último responsable del archivo nombrado por el Ayuntamiento de Madrid, hizo un Catálogo cronológico de los 9.576 protocolos hasta entonces reunidos y una Memoria, fechada a 30 de septiembre de 1858, en la que explica los trabajos realizados. En 1859 finaliza el segundo tomo del Catálogo general de los escribanos rea­les, notarios del reino y del Ilustre Colegio de esta Corte, en el que quedan registrados 591 protocolos más.

En 1870 la responsabilidad sobre el archivo fue transferida de nuevo al Estado (Ministerio de Justicia), y es nombrado notario-archivero de distrito Manuel de la Fuente. Desde esa época se conservan en el Archivo dos tomos de gran formato y magnífica encuadernación que contienen la Memoria citada y los Catálogos.

 

> Protocolos con más de 100 años: una fuente para la historia

Por el Decreto de 12 de noviembre de 1931, se reconoce el carácter de fuente para la historia a los protocolos con más de 100 años de antigüedad, poniéndose al servicio del ciudadano, bajo la custodia de los profesionales de la época, el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, inaugurándose en enero de 1933 el Archivo con la deno­minación actual. A partir de entonces, las competencias sobre el Archivo corresponden al Ministerio de Educación, que, con sus distintas denominacio­nes, las ejerce hasta la creación del Ministerio de Cultura en 1977, aunque mantiene la relación con el de Justicia en algunos aspectos marcados por el decreto de 1931, como la derivada de compartir la misma sede.

En la actualidad, aunque los documentos mantie­nen la titularidad estatal, la gestión sobre el Archivo ha sido transferida a la Comunidad de Madrid por el Real Decreto 680/1985, de 19 de abril.

Los protocolos con menos de 100 años, posteriores al año 1918, se encuentran custodiados en el Archivo General de Protocolos de Madrid, centro dependiente del Colegio Notarial de Madrid.

 

> Más información

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