Coche seminuevo con garantía a medias

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El consumidor: 
El reclamante adquirió un vehículo seminuevo a una empresa. A los dos meses se le estropeó el radiador y la empresa lo arregló. Transcurridos menos de seis meses desde la compra, volvieron a aparecer nuevos fallos, por lo que la empresa le volvió a dar cita en el taller y, cuando llegó el cliente, se le dijo que, al haber transcurrido seis meses y un día, el vehículo ya no estaba en garantía, dándole así un presupuesto a plena tarifa. Lo reparó en otro taller y reclamó que el vendedor pagara las facturas a través del sistema arbitral de consumo.
La empresa: 
La empresa alegó desconocer las averías.
El colegio arbitral: 
Teniendo en cuenta que todo vehículo de segunda mano tiene una garantía mínima de doce meses, el colegio arbitral estimó en parte las pretensiones del reclamado, al que la empresa tuvo que devolver 562 euros de las reparaciones realizadas en otro taller.