Preguntas frecuentes de consumo
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¿Qué impuestos tengo que pagar si compro una vivienda nueva?
Los impuestos que se deben pagar al comprar una vivienda son los mismos ya se haga la operación con o sin hipoteca, aunque lo habitual es que la compra de vivienda esté asociada a la contratación de una hipoteca. Habrá que pagar los siguiente impuestos:
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Para viviendas nuevas adquiridas directamente al promotor, se aplica un tipo general del 10%. No obstante, si se trata de una vivienda de protección oficial en régimen especial o promoción pública, el tipo reducido es del 4%.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): Este impuesto grava la escritura pública de compraventa y corresponde al comprador. En caso de que la compra se financie mediante hipoteca, el IAJD correspondiente a la escritura de préstamo hipotecario debe ser asumido por la entidad financiera, conforme a lo establecido en la Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario.
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal): Este impuesto municipal se aplica cuando hay un incremento en el valor del terreno desde la adquisición hasta la venta. Si no existe tal incremento, no se devenga el impuesto. Desde 2021, el contribuyente puede optar por el método de cálculo más favorable.
He firmado una hipoteca para comprarme una vivienda. ¿Qué gastos tengo que asumir?
Los contratos de crédito inmobiliario están regulados por la Ley 5/2019, de 15 de marzo. Según dicha normativa y teniendo en cuenta las sentencias que hay al respecto, el banco deberá pagar los gastos de:
- Gestoría
- Gastos de notaría de la escritura de préstamo hipotecario
- Inscripción de las garantías en el registro de la propiedad
Mientras que el consumidor deberá pagar los gastos de:
- Tasación del inmueble
- Comisión de apertura
Las copias de coste de aranceles notariales, las pagará quien las solicite, ya sea el consumidor o el banco.
La compra de una vivienda lleva asociada otra serie de gastos, puede consultar más información en el Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.
He firmado una hipoteca para comprarme una vivienda. ¿Qué gastos tengo que asumir?
Los contratos de crédito inmobiliario están regulados por la Ley 5/2019, de 15 de marzo.
Según dicha normativa y teniendo en cuenta las Sentencias que hay al respecto, el banco deberá pagar los gastos de:
- Gestoría
- Gastos de notaría de la escritura de préstamo hipotecario
- Inscripción de las garantías en el registro de la propiedad
Mientras que el consumidor deberá pagar los gastos de:
- Tasación del inmueble
- Comisión de apertura
Las Copias de coste de aranceles notariales, las pagará quien las solicite, ya sea el consumidor o el banco.
La compra de una vivienda lleva asociado otra serie de gastos, puede consultar más información en el siguiente reportaje.
He firmado una hipoteca para comprarme una vivienda. ¿Qué gastos tengo que asumir?
Los contratos de crédito inmobiliario están regulados por la Ley 5/2019, de 15 de marzo.
Según dicha normativa y teniendo en cuenta las Sentencias que hay al respecto, el banco deberá pagar los gastos de:
- Gestoría
- Gastos de notaría de la escritura de préstamo hipotecario
- Inscripción de las garantías en el registro de la propiedad
Mientras que el consumidor deberá pagar los gastos de:
- Tasación del inmueble
- Comisión de apertura
Las Copias de coste de aranceles notariales, las pagará quien las solicite, ya sea el consumidor o el banco.
La compra de una vivienda lleva asociado otra serie de gastos, puede consultar más información en el siguiente reportaje.
¿Tengo derecho a exigir un resguardo que certifique la entrega de un envío postal?
Sí, siempre que se trata de un envío certificado, y cuando haya sido solicitado por el consumidor y previo pago del importe que corresponda. En estos casos, el operador del envío postal sí deberá entregar un resguardo acreditativo de su admisión, donde conste la fecha y hora de su presentación, así como la recepción por parte del destinatario.
En el resto de los casos, sólo se exigirá al operador postal que aparezca identificado en la cubierta del envío postal, así como la fecha en la que se ha producido.
Me han robado la rueda del coche cuando estaba estacionado en un aparcamiento por horas. ¿Puedo exigir responsabilidades?
Sí. El prestador del servicio, es decir, la empresa responsable del aparcamiento debe responder del robo del vehículo y de la sustracción de sus accesorios fijos, como ruedas o retrovisores. El justificante, resguardo o tique servirán como prueba para demostrar que el vehículo estaba estacionado en el parking.
¿Dónde puedo reclamar si me he visto afectado por el apagón eléctrico?
Depende del motivo de su reclamación y de quien deba asumir la responsabilidad del apagón.
Por eso desde la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid se aconseja esperar a que las autoridades establezcan la responsabilidad frente al incidente.
No obstante, lo primero que puede hacer es ponerse en contacto con la empresa con la que tuviese el problema para plantearle su situación y pedirle una solución. Si la empresa no contesta o la solución que le da no es satisfactoria, puede plantear una reclamación ante la administración. Es en este punto cuando es clave determinar quién tiene la responsabilidad del apagón o si es un caso de fuerza mayor, en cuyo caso la responsabilidad que asumen las empresas es diferente.
¿Cómo saber si estoy en el mercado libre o en el mercado regulado de luz?
En su factura de la luz puede comprobar el nombre completo de su comercializadora, que normalmente está en letra pequeña en un lateral o al final de la factura.
Una vez conozca el nombre de su compañía comercializadora, puede ver si está en el listado de comercializadoras de referencia. Si está en el listado anterior, usted está en el mercado regulado y por tanto paga por la luz el precio establecido por el gobierno (Precio voluntario para el pequeño consumidor PVPC).
Para disfrutar del bono social, debe estar en una comercializadora de referencia, es decir estar acogido al PVPC.
Si su comercializadora no está en el listado anterior, estará usted en el mercado libre, donde el precio de la energía puede variar respecto del PVPC, pero debe tener en cuenta que el precio de los impuestos y de la potencia es igual en mercado libre y regulado.
Para saber si le compensa más el precio del mercado libre o del mercado regulado debe tener en cuenta no solo el precio del kw, sino también el precio de otros servicios que pueda llevar asociado, como contrato de mantenimiento, o condiciones de permanencia.
Pida copia por escrito y lea las condiciones generales del contrato antes de firmarlo.
Una vez ha comenzado la construcción de la vivienda, ¿pueden aumentarme el precio acordado por reformas o modificaciones que se incluyan en la edificación?
Sí, siempre que las reformas que se produzcan con posterioridad al inicio de la obra y que modifiquen el precio de la vivienda, sean comunicadas y aceptadas por los consumidores.
Presenté una reclamación en consumo y ahora me piden documentación. ¿Cómo puedo presentarla?
Si usted presentó una reclamación y quiere presentar alegaciones o le han pedido documentación, sepa que puede hacerlo a través de su carpeta ciudadana (Situación de expedientes). En caso de que no le aparezca su reclamación, puede presentar alegaciones y documentación a través de:
* La administración electrónica de la Comunidad de Madrid, que requiere certificado de firma electrónica y para lo que puede utilizar el formulario habilitado al efecto o el Formulario genérico.
* Los registros presenciales de las distintas administraciones.
* Las oficinas de Correos, mediante lo que se llama "correo administrativo", ya que deja constancia de la fecha en que usted lo presenta, o en las representaciones diplomáticas.
De manera más indirecta también puede aportar información a través del siguiente enlace.
No olvide indicar siempre el número de expediente que le hayan asignado. En el teléfono de información 012 pueden ayudarle a subir los archivos o a solicitar cita previa para alguna de las Oficinas de Registro.
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