Resolución número 405/2021
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministro. Falta de legitimación activa arts 48 y 55.b) LCSP, 22.1.2º y 23 RPERMC. Recurrente excluida en firme del procedimiento.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministro. Falta de legitimación activa arts 48 y 55.b) LCSP, 22.1.2º y 23 RPERMC. Recurrente excluida en firme del procedimiento.
Estimación parcial del recurso. Se evidencia error en el informe técnico sobre los criterios sometidos a juicio de valor. Una vez abiertas las ofertas que contienen los criterios sujetos a fórmulas no es posible la retroacción del procedimiento pues ello supondría una contaminación de las ofertas y la imparcialidad del informe técnico sobre los criterios sujetos a juicio de valor se vería truncada. Procede la nulidad de la adjudicación y de todo el procedimiento debiendo, si se considera oportuno, convocar nuevamente la licitación.
Desestimación del recurso. No se aprecia arbitrariedad en el informe técnico sobre los criterios de adjudicación no valorables en cifras o porcentajes, sino que es una manifestación de la discrecionalidad técnica del órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. No procede la exclusión del adjudicatario por no existir revelación de oferta. Mención inintencionada en proyecto técnico de dato valorable automáticamente de escasa ponderación, sin posible alteración ni reflejo en la puntuación obtenida. Procedimiento de presentación de ofertas, apertura de sobres y valoración de criterios de adjudicación conforme a PCAP y LCSP (arts. 1, 132, 139, 146.2 y 157).
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Impugnación de exclusión por baja anormal superior al 30 por 100 del presupuesto. Actuación del órgano de contratación según PCAP y art. 149 LCSP. Inviabilidad prestación servicio, discrecionalidad técnica, decisión sin error, arbitrariedad, ni ausencia de motivación. Improcedencia de indemnización al adjudicatario.
Inadmisión por recurrir un acto no susceptible de recurso y por pretender que el órgano de contratación solicite la justificación de la viabilidad de las ofertas de todas las licitadoras sin estar ninguna de ellas en baja temeraria.
Recurso especial contra adjudicación del contrato por incorrecta valoración de los criterios de adjudicación. Desestimación. Discrecionalidad técnica de la Administración.
Desestimación de recurso que pretende la anulación de la adjudicación al considerar que la oferta no cumple con los requisitos mínimos exigidos, Asimismo considera que se ha alterado el orden de conocimiento de las ofertas. El o.c. demuestra el cumplimiento de las exigencias de los pliegos de condiciones y respecto a la alteración del conocimiento de la oferta que se trata de criterios de solvencia técnica y que los ha conocido en el momento procesal correspondiente, es decir en la apertura del sobre/archivo 1.
Desestimación de recurso sobre acuerdo marco que con más de seiscientos precios unitarios el PCAP permite el error en la formulación de un máximo de cinco elementos. Entre estos errores se encuentra la no consignación de oferta en el suministro concreto, en este caso se aplicará el precio base de licitación del suministro concreto. Esta es la situación de la propuesta del adjudicatario que la mesa de contratación admite en aplicación del PCAP.
Desestimación de recurso que pretende que la admisión de la oferta de la adjudicataria, una vez justificada su viabilidad, se anule.