Resolución 122/2026
Inadmisión por cuantía. Procedimiento de contratación no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión por cuantía. Procedimiento de contratación no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios de eventos taurinos por no alcanzar su valor estimado el umbral de 100.000 euros exigido para la interposición del recurso especial. La referencia a una posible prórroga en el PPT constituía un error material, correctamente rectificado antes de finalizar el plazo de presentación de ofertas.
LEGITIMACIÓN ACTIVA. Recurso interpuesto por representantes de trabajadores contra los pliegos de una concesión de servicios. Inadmisión. El Tribunal recuerda que la legitimación exige un interés legítimo, real y específico, de modo que la estimación del recurso produzca un beneficio cierto en la esfera jurídica del recurrente.
Desestimación de recurso interpuesto por una organización sindical contra los pliegos por utilizar el convenio colectivo estatal de jardinería para calcular el presupuesto base de licitación, en lugar de un convenio de empresa aplicable a parte del personal subrogable. El Tribunal recuerda que los artículos 100, 101 y 102 de la LCSP exigen tomar como referencia los convenios colectivos sectoriales aplicables, no los convenios de empresa.
Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. El Tribunal analiza dos criterios de adjudicación que otorgaban puntuación por premios y distinciones obtenidos por la empresa y por el número de seguidores en redes sociales. Considera que ambos criterios vulneran el artículo 145 de la LCSP al valorar circunstancias previas y características del licitador, como su trayectoria, reputación o notoriedad digital, en lugar de aspectos de la oferta vinculados a la ejecución del contrato.
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN - PBL - PLIEGOS - El Tribunal desestima el recurso al considerar que el presupuesto base de licitación está suficientemente motivado y ajustado a los precios de mercado. La memoria económica contiene un análisis detallado de costes, categorías profesionales, subrogación y calendario real de ejecución. Rechaza las estimaciones de la recurrente por apoyarse en magnitudes globales y partidas no suficientemente justificadas. Considera que costes como absentismo, formación o medios materiales no acreditan la insuficiencia del presupuesto.
Desestimación. Recurso contra pliegos. Contrato de Servicios, donde el recurrente no licitador recurre diversas clausulas de los pliegos: falta de justificación de la no división en lotes , solvencia técnica , criterios de adjudicación, lo que conlleva a restringir la competencia. estando debidamente justificado en los pliegos
El Tribunal desestima el recurso especial interpuesto contra los pliegos y el expediente de licitación de un contrato de servicios para la gestión de una escuela municipal de música, admitiendo la legitimación de la entidad recurrente -que no llegó a presentar oferta- por alegar que el presupuesto base de licitación le impedía formular una proposición económica viable.
IMPUGNACION DE PLIEGOS - RESTRICCION DE LA COMPETENCIA. El Tribunal considera que corresponde al órgano de contratación determinar las características técnicas de los suministros conforme a sus necesidades, dentro de los límites de la libre concurrencia y la proporcionalidad. La recurrente no acredita que la exigencia de columnas inalámbricas de 10 toneladas restrinja injustificadamente la competencia. La existencia de soluciones técnicas alternativas no obliga a modificar los pliegos ni permite sustituir el juicio técnico del órgano de contratación.
Inadmisión por desistimiento del OC. Pérdia sobrevenida del objeto del Recurso.