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Por ejemplo, 15/10/2026
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-Formato nnn/aaaa Ej. 030/2016-
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5 registros de 5964
  • Resolución: 437/2026
    Fecha: 03/09/2026
     PRÁCTICAS COLUSORIAS: La participación de empresas vinculadas en una misma licitación es admisible, salvo que indicios objetivos, y suficientes acrediten que sus ofertas no responden a centros de decisión autónomos. En este caso, se confirma la exclusión de las proposiciones de las recurrentes afectadas por vulneración del principio de proposición única del artículo 139.3 de la LCSP. 
  • Resolución: 436/2026
    Fecha: 03/09/2026
    Inadmisión por desistimiento del OC. Pérdia sobrevenida del objeto del Recurso. 
  • Resolución: 435/2026
    Fecha: 03/09/2026
    EXCLUSIÓN.MODIFICACIÓN DE OFERTA. Recurso contra la exclusión del licitador por considerar que ha modificado su oferta en la subsananción. Estimación. La subsanación de la ficha técnica no supone una modificación de la oferta.
  • Resolución: 434/2026
    Fecha: 03/09/2026
    La controversia se en determinar si SECUR incumplió requisitos mínimos de adscripción de medios o simplemente no acreditó determinadas mejoras valorables. Concluye que los medios mínimos exigidos en el PPT son distintos de las cualificaciones adicionales puntuables como mejoras. La falta de acreditación de estas mejoras no justificaba considerar retirada la oferta conforme al artículo 150.2 LCSP, sino únicamente descontar la puntuación asociada.  Por ello, la resolución  que tuvo por retirada la oferta de SECUR se basó en una interpretación jurídica incorrecta. El órgano de contratación podía revocarla al amparo del artículo 109.1 LPACAP, ya que era un acto desfavorable para SECUR y la revocación buscaba restablecer la correcta aplicación de los pliegos. Aunque JOMAR debió haber sido oída antes de la revocación, el Tribunal considera que la omisión del trámite de audiencia no le produjo indefensión material suficiente para anular el acto. Tampoco aprecia que SECUR modificara su oferta o recibiera un trato privilegiado, sino que se corrigió la valoración de las mejoras no acreditadas. Finalmente, entiende que no se vulneraron los principios de igualdad, transparencia, confianza legítima ni vinculación a los pliegos, por lo que procede desestimar íntegramente el recurso
  • Resolución: 433/2026
    Fecha: 03/09/2026
    PERDIDA OBJETO DEL RECURSO. Recurso relacionado con el 396/2026, que fue estimado anulando los pliegos de condiciones. Coincidiendo el motivo de recurso y no existiendo yam se considera que este ha perdido su objeto

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