Resolución número 097/2022
Ausencia de presentación de oferta a las 24 horas, cuando se produce la huella electrónica de conformidad con la D.A.16 LCSP
Ausencia de presentación de oferta a las 24 horas, cuando se produce la huella electrónica de conformidad con la D.A.16 LCSP
Archivo de las actuaciones por pérdida sobrevenida del objeto del recurso. Publicación de nuevos pliegos por el órgano de contratación.
Recurso contra la exclusión de licitador por no justificar en plazo la baja temeraria. Aplicación de la disposición adicional decimoquinta de la LCSP. Cómputo del plazo desde el día de recepción de notificación por el interesado al publicarse el acta en fecha posterior.
Desestimación. Impugna cuatro licitadores en baja. No revisa informe técnico. Multa por temeridad.
Inadmisión por extemporáneo. Entrada en el Tribunal una vez finalizado el plazo de presentación.
Desestimatoria. Festejos taurinos. Presupuesto y solvencia son correctos. No es una plaza de toros de tercera categoría, sino portátil.
La exclusión del recurrente del procedimiento de licitación no procede por no haber contaminación de ofertas. No obstante una vez abiertos los sobres de todos los licitadores que contienen los criterios sujetos a fórmulas, no procede ordenar la retroacción del procedimiento a los efectos de emitir un nuevo informe relativo a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. Anulación de todo el procedimiento de licitación.
Inadmisión recurso especial por ser acto no susceptible de recurso especial. Recurre contra la propuesta de exclusión por baja temeraria realizada por la mesa. Acto de trámite pendiente de decisión por el órgano de contratación conforme al artículo 149 de la LCSP.
Estimación de recurso contra el desistimiento del órgano de contratación. No se acredita vulneración insubsanable de las normas del procedimiento o actos preparatorios del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 152.4 de la LCSP.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento de las prescripciones técnicas del adjudicatario. El PPT contiene prescripciones contradictorias respecto a las características del producto. La interpretación de los PPT no puede perjudicar al licitador que ha presentado oferta conforme a los pliegos. Desestimación de recurso.