Resolución 010/2025
Acreditación de solvencia técnica. Irregularidades procedimentales. Error en la oferta económica no relevante.
Acreditación de solvencia técnica. Irregularidades procedimentales. Error en la oferta económica no relevante.
Inadmisión extemporáneo. Recuso contra pliego. Recurso contra cláusulas del pliego que no han variado en los pliegos publicados anteriormente y que fueron anulados por resolución del Tribunal. El plazo comenzó a contar desde la publicación inicial del pliego.Sólo se pueden recurrir la rectificaciones del pliego anterior novedosas, en cuyo caso el plazo para recurrir comienza desde la nueva publicación.
Acceso al expediente. Calificación de ofertas. Discrecionalidaad técnica. El recurrente ha solicitado vista del expediente pero no ha obtenido copias por negativa del o.c., que deberia haber accedido; en este caso el acceso no tuvo carácter instrumental para la interposicion del recurso. Diferencias entre las puntuaciones alcanzadas por las distintas propuestas. aplicacion del principio de veracidad de los informes tecnicos y de la discrecionalidad técnica
Motivación de los actos. La valoración de los criterios sujetos a juicio de valor deben estar motivada de tal forma que permita dar a conocer a los licitadores por qué han recibido esa puntuación y, ante una posible impugnación del acto, permitir a los órganos revisores poder comprobar que la decisión adoptada no incurre en error o arbitrariedad.
Declaraciones DEUC. Solvencia. Acreditación de solvencia por medios externos. No procede acudir a la integración de la solvencia en fase del artículo 150 cuando en el DEUC no se declaró la integración.
Modificación de oferta Vs aclaración. Desestimación de recurso contra exclusión de oferta, pues permitir la corrección del error en su cantidad referida al plazo de ejecución, error puesto de manifiesto por el propio licitador supondría modoficación de la oferta económica.Desestimación de recurso contra exclusión de oferta, pues permitir la corrección del error en su cantidad referida al plazo de ejecución, error puesto de manifiesto por el propio licitador supondría modoficación de la oferta económica.
Discrecionalidad técnica. Confidencialidad. Pretende el recurrente acceder a la documentación confidencial declarada por el adjudicatario y que comprende la totalidad de la memoria técnica. El recurrente ha considerado confidencial su memoria en los mismos extremos. La puntuación alcanzada por la calificación de los criterios de adjudicación se encuentra dentro de la discrecionalidad técnica
Licitación electrónica. Oferta presentada incompleta. El licitador presenta su oferta a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público en dos fases. Primero obtiene la huella electrónica y posteriormente debía completar la oferta adjuntando los archivos de su oferta en formato XLM, sin embargo presenta los documentos en formato pdf, incumpliendo las indicaciones establecidas en la Guía de Servicios de Licitación Electrónica para Empresas.Si la oferta no se presenta en formato xml, la oferta no es asociada al código hash porque la PLACSP no puede comprobar tal extremo.
Subrogación de trabajadores. Recurso contra pliegos por considerar que recogen la obligación de subrogación de trabajadores en contra de lo dispuesto en el convenio colectivo aaplicable. Desestimación. Loa pliegos no recogen dicha obligación.El O.C. ha cumplido las exigencias del artículo 130 de la LCSP.
Solvencias. Solvencia Técnica. Acreditación. El certificado del funcionario en referencia a la solicitud de titulo universitario, acompañado del documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente, deben ser considerados documentos sustitutos del titulo universitario. La acreditación de la adscripción de medios humanos de esta forma es válida.