ALLANAMIENTO. El Tribunal reconoce la legitimación de VT pese a no haber licitado, al acreditarse que las exigencias impugnadas del PPT (habilitación por el fabricante, talleres reconocidos y compromisos de colaboración) le impidieron presentar oferta —de hecho, no se presentó ninguna oferta a la licitación—. Pese al allanamiento del órgano de contratación, recuerda que la LCSP no admite esta forma de terminación (art. 57.2 LCSP) y resuelve el fondo: concluye que las prescripciones técnicas impugnadas no determinan con suficiente precisión qué trabajos requieren la habilitación del fabricante, en qué supuestos debe acudirse a un taller reconocido, ni el alcance de los compromisos de colaboración exigibles, lo que introduce una restricción a la libre concurrencia no objetivamente justificada (principios de igualdad, proporcionalidad y transparencia). Estima el recurso y anula las prescripciones impugnadas, ordenando su nueva redacción conforme a criterios objetivos, precisos, verificables y proporcionados.
Resolución 488/2026
Resolución 488/2026
Fecha:
24/09/2026
Número de Resolución:
488/2026
Número de Expediente:
455/2026
Tipo de Contrato:
Tipo de Resolución:
Acto Recurrido:
Objeto:
Procedencia:
Documento:
