Resolución número 301/2023
Inadmisión por falta absoluta de fundamentación (artículo 116 LPA).
Inadmisión por falta absoluta de fundamentación (artículo 116 LPA).
Se estima anulando resolución de desistimiento pues, pese a haber aprobado expediente sin crédito por órgano incompetente, se han emitido informes a efectos de convalidación, por lo que se trata de una infracción subsanable, no cumpliéndose requisitos del artículo 152 para acordar desistimiento.
Desestimatoria. Los criterios de adjudicación, que no son mejoras, guardan relación con el objeto del contrato y su puntuación es muy escasa.
Estimación parcial del recurso. No consta en la memoria la justificación de los criterios de solvencia exigidos incumpliendo el artículo 116.4.c) de la LCSP.
Estimación parcial del recurso. No consta en la memoria la justificación de los criterios de solvencia y condiciones especiales de ejecución del contrato exigidos incumpliendo el artículo 116.4.c) de la LCSP.
La adjudicataria contaba con plan de igualdad vigente e inscrito, por lo que no se encontraba en las prohibiciones de contratar alegadas por la recurrente. Desestimación.
Denegación de acceso al expediente. Inadmisión por falta de legitimación. Multa.
Denegación de acceso al expediente. Inadmisión por falta de legitimación. Multa.
Denegación de acceso al expediente. Inadmisión por falta de legitimación. Multa.
La presentación de la documentación requerida previamente a la adjudicación debe seguir el trámite que se establezca en el PCAP y en la DA 15 de la LCSP. El correo electrónico nunca sustituirá la presentación mediante plataforma digital en tanto en cuanto no cubre los requisitos de inalterabilidad, seguridad y constancia de lo enviado. Los errores que la PCSP produzcan debidos a una defectuosa manipulación de esta no convalidan la ausencia de su uso.