Decreto por el que se modifica el Decreto 56/2012, de 22 de marzo, por el que se regulan los Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid

Proyecto de reglamento
La Comunidad de Madrid, a través de la consejería competente en materia de cultura, viene concediendo unos premios que tienen por objeto el reconocimiento de la trayectoria y la obra de intelectuales y artistas cuya labor incida de manera relevante en la realidad sociocultural madrileña. Estos galardones, denominados «Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid», se regulan en la actualidad por el Decreto 56/2012, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid, estableciéndose doce modalidades de premios, dotada cada una de ellas con 18.000 euros. El Gobierno de la Comunidad de Madrid, consciente de la necesidad de estimular la iniciativa privada en la realización de actividades de interés general, ha considerado conveniente reconocer este hecho mediante la creación de una nueva modalidad en los premios, denominada mecenazgo, que reconozca las aportaciones desinteresadas de personas físicas o entidades jurídicas al engrandecimiento del acervo cultural de la región. Asimismo, en consonancia con la concepción altruista de participación social, se estima preciso modificar el carácter de los premios acentuando su naturaleza de reconocimiento de méritos, mediante la supresión de la dotación económica que llevaba aparejada su concesión, con la finalidad de destinar su importe a otros proyectos de fomento de la cultura en el ámbito regional.

Informe de Oficina de Calidad Normativa

Fecha del Informe: 
06/05/2022

Trámite de audiencia e información pública

Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos): 
De 07/06/2022 hasta 27/06/2022
Texto informativo del Trámite de Audiencia: 
Someter a audiencia e información públicas el proyecto de Decreto del Consejo deGobierno, por el que se modifica el Decreto 56/2012, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los Premios de Cultura de la Comunidad de Madrid, a fin de que los ciudadanos o cualesquiera otras personas y entidades potencialmente afectadas, puedan presentar las alegaciones y aportaciones que se estimen pertinentes en el plazo de quince días hábiles a contar desde el primer día hábil siguiente a la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Fecha de publicación del trámite de Audiencia: 
06/06/2022

Informe Secretaría General Técnica de la consejería proponente

Informe Abogacía

Fecha de Informe: 
08/07/2022

Resultado de la Tramitación del Proyecto