Dirección General de Tributos

Vigente

¿Qué es esta dirección general?

La Dirección General de Tributos forma parte de la estructura de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Esta dirección general gestiona tanto los tributos cedidos por el Estado como los tributos propios.

Los tributos que gestiona la Comunidad de Madrid son: transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados, donaciones, sucesiones, juego, residuos y patrimonio.

La dirección general también cuenta con un cuerpo de inspectores y gestiona el cobro de impuestos en periodo ejecutivo, es decir, cuando el contribuyente tiene una deuda tributaria. Además, emite valoraciones de bienes inmuebles que una persona ha adquirido por compra, herencia o donación.

¿Cómo atiende a los contribuyentes esta dirección general?

Tiene que pedir una cita para que le atiendan de forma presencial o por teléfono tanto para información y asistencia al contribuyente como para recaudación ejecutiva, si tiene una deuda tributaria.

Puede hacer la solicitud por internet a través de este enlace para nuestra oficina en el Paseo de General Martínez Campos, 30 de Madrid.

Si quiere pedir cita para otra oficina, debe hacerlo a través de este enlace.

También puede solicitar su cita por teléfono:

  • Información, asistencia y pago de impuestos: 91 580 94 04 / 901 50 50 60.
  • Horario: de 9:00h a 15:30h.
  • Información y pago de deudas tributarias: 91 580 34 35.
  • Horario: de 9:00h a 14:00.h
  • Inspección: 91 720 60 14.
  • Horario: de 9:00h a 14:00h.
  • Valoraciones de bienes inmuebles: 91 420 83 38 / 91 420 83 48.
  • Horario: de 9:00h a 14:00h.

Por correo electrónico, puede pedir cita:

Consejería: 
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Fecha de publicación: 
10/09/2021
Servicios que ofrece: 

1. Servicios de atención e información:

  • Atendemos e informamos a los ciudadanos sobre los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, su presentación y liquidación, existencia de deudas e inspecciones y valoraciones inmobiliarias.

2. Servicios de tramitación:

  • Disponemos de programas de ayuda, formularios normalizados y mecanismos de pago telemático para la declaración de tributos y el pago de deudas tributarias.
  • Emitimos certificados de presentación de tributos y de inexistencia de deudas tributarias con la Comunidad de Madrid.
  • Facilitamos a través de nuestra web los modelos para diversos trámites como:
  • Recursos de reposición por desacuerdo con una decisión de la dirección general.
  • Solicitud de fraccionamiento y aplazamiento del pago de tributos.
  • Solicitud de prórrogas para la presentación del impuesto de sociedades.
  • Solicitud de tasación pericial contradictoria, cuando el contribuyente no esté de acuerdo con el valor de los bienes y derechos comprobados por la dirección general.
  • Devolución de ingresos indebidos de un tributo.
  • Solicitud de reembolso de costes de avales y garantías para suspender la ejecución de una deuda tributaria.
  • Solicitud para evitar la doble imposición de impuestos, tanto de IVA como de impuesto sobre transmisiones patrimoniales.
Compromisos de calidad e Indicadores de evaluación : 

Compromiso 1

Atender las llamadas telefónicas en un tiempo medio de espera inferior a 5 minutos.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Porcentaje de llamadas atendidas en un tiempo medio de espera de 5 minutos 100% Anual Aplicación que gestiona las llamadas telefónicas

Compromiso 2 

Mantener por debajo del 1% las quejas sobre el funcionamiento de los servicios en relación con el número de personas atendidas.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Porcentaje de quejas recibidas sobre el funcionamiento de los servicios en relación con el número de personas atendidas Menor o igual que el 1% Anual Aplicación SUQUE y QUENDA

Compromiso 3

Resolver las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos en periodo voluntario en el plazo de 1 mes en el caso de deudas inferiores a 50.000 euros y de 5 meses en el caso de deudas superiores a 50.000 euros (30.000 euros hasta el 10 de junio 2023).

El plazo se inicia desde la fecha de entrada de la solicitud en la Unidad.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Porcentaje de solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas inferiores a 30.000 euros resueltas en 1 mes 100% Anual GIAP
Porcentaje de solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas superiores a 30.000 euros resueltas en 5 meses 100% Anual GIAP

Compromiso 4

 

Resolver las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos en vía ejecutiva en 3 meses en el caso de deudas inferiores a 50.000 euros y de 5 meses en el caso de deudas superiores a 50.000 euros (30.000 euros hasta el 10 de junio 2023)

El plazo se inicia desde la fecha de entrada de la solicitud en la S.G. de Recaudación.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Porcentaje de solicitudes de deudas inferiores a 30.000€ en período ejecutivo resueltas en 3 meses 100% Anual AREA para deudas en ejecutiva
Porcentaje de solicitudes de deudas superiores a 30.000€ en período ejecutivo resueltas en 5 meses 100% Anual AREA para deudas en ejecutiva

Compromiso 5

Emitir el certificado de inexistencia de deudas en un plazo máximo de 4 días desde la presentación de peticiones cumplimentadas correctamente.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Porcentaje de certificados emitidos en plazo igual o inferior a 4 días desde la presentación de peticiones cumplimentadas correctamente en relación con el total de solicitudes 100% Anual Base de datos en excel

Compromiso 6 

Resolver las solicitudes de reembolso de coste de garantías en un plazo inferior a seis meses.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Porcentaje de reembolsos tramitados en plazo inferior a seis meses, en relación con las solicitudes presentadas 90% Anual DEIN Base de datos

Compromiso 7

Resolver y enviar al interesado la valoración previa no inmediata en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la entrada de la solicitud.

INDICADOR Estándar Periodicidad Instrumento de recogida de datos utilizado
Tiempo medio de tramitación del total de solicitudes de valoraciones previas no inmediatas inferior al compromiso adquirido Menos de 10 días hábiles Anual BITA

 

Participación ciudadana: 

Los ciudadanos pueden dirigir sus opiniones o hacer otras aportaciones a través del sistema de quejas y sugerencias.

Otra información y logros obtenidos: 

S. G de Gestión Tributaria

Paseo del General Martínez Campos, 30. 28010 MADRID

Atención al ciudadano:

  • Telefónica de lunes a viernes (no festivos) de 9:00 a 15:30 horas, en los teléfonos: 915 809 404 / 901 505 060
  • Presencial con cita previa solicitada a través de la página: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/tributos ,  o en los teléfonos : 915 809 404 / 901 505 060

 

S.G. de Recaudación 

Calle Rafael Calvo, 9. 28010 Madrid.

Atención al Ciudadano:

 

S.G. de Inspección

Calle Luchana 23, 2ª planta. 28010 Madrid.

Atención al Ciudadano:

  • Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas (previa cita solicitada a través del correo electrónico abajo indicado).
  • Teléfono: 91 720 60 14
  • Correo electrónico: inspección.hacienda@madrid.org.

 

S. G. de Valoraciones

Calle Zurbano, 51. 28010 MADRID

Atención al ciudadano:

 

S.G. de Planificación, Ordenación y Coordinación

Paseo del General Martínez Campos, 30.

  • Teléfono 914208446
Difusión interna y externa de la carta de servicios: 
Seguimiento y Evaluación
  • Desde la aprobación de la Carta de Servicios y su publicación en el BOCM comienza la implantación de los compromisos y monitorización de los indicadores que van a servir para hacer su seguimiento y evaluación.

    Anualmente la Dirección General de Atención al Ciudadano y Transparencia enviará un modelo de Informe que la Unidad debe cumplimentar y, en base a los resultados obtenidos, proceder en su caso, al diseño regular de acciones de mejora.

    Al igual que durante el proceso de elaboración, durante el seguimiento la Dirección General de Atención al Ciudadano y Transparencia realizará visitas a la Unidad y prestará el apoyo necesario para el seguimiento de indicadores y el diseño de acciones de mejora.

    Si de la implantación de medidas de mejora, cambios normativos u organizativos o cualquier otra circunstancia concurrente se derivaran modificaciones en los contenidos de los servicios, mejoras producidas en los procesos, superación de estándares marcados en los compromisos, modificaciones normativas sustanciales que afecten al contenido recogido en la Carta, o cualquier otra que se estime necesaria, en cualquier momento se podrá actualizar el contenido de la Carta de Servicios.

  • Fecha de evaluación
    02/21/2025
  • Archivos
Normativa: 

NORMATIVA GENERAL

  • Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
  • Ley 29/2010, de 16 julio, del Régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad de Madrid y fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Revisión en Vía Administrativa.
  • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
  • Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario.
  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión en inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
  • Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
  • Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
  • Decreto 286/1999, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las reclamaciones económico-administrativas que se susciten en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad de Madrid.

NORMATIVA DE LOS IMPUESTOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD DE MADRID

  • Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado.
  • IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS:
    • Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
    • Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES:
    • Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
    • Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO:
    • Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
    • Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre por el que se determinan los requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales y de las participaciones para la aplicación de las exenciones correspondientes en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • TRIBUTACIÓN SOBRE EL JUEGO:
    • TASA FISCAL QUE GRAVA LOS JUEGOS DE SUERTE, ENVITE O AZAR: RD Ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se aprueban aspectos penales, administrativos y fiscales de juegos y apuestas.
    • TASA FISCAL SOBRE RIFAS, TÓMBOLAS, APUESTAS Y COMBINACIONES ALEATORIAS: Decreto 3059/66, de 1 de diciembre, que aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales.
    • IMPUESTO SOBRE LA MODALIDAD DE JUEGOS COLECTIVOS DE DINERO Y AZAR SIMULTÁNEOS: Ley 12/1994, de 27 de diciembre, de Tributación sobre los juegos de suerte, envite y azar.
    • IMPUESTO SOBRE LA INSTALACIÓN DE MÁQUINAS EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA AUTORIZADOS: Ley 3/2000, de 8 de mayo, de Medidas Urgentes Fiscales y Administrativas sobre los Juegos de Suerte, Envite y Azar y Apuestas en la Comunidad de Madrid.
  • IMPUESTO SOBRE DEPÓSITO DE RESIDUOS:
    • Ley 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre sobre depósito de Residuos.