Plan de Sanidad Ambiental 2019

SG Sanidad Ambiental
Ejecutado

La Dirección General de Salud Pública, a través de la Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria y Ambiental, tiene encomendadas las facultades de vigilancia, inspección, evaluación y control en el campo de la sanidad ambiental y la prevención y lucha contra las zoonosis.

Fecha de fin de Ejecución del Plan: 
01/2020

  

Para el desarrollo de estas competencias el Plan de Sanidad Ambiental cuenta con las siguientes líneas estratégicas: verificar el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental, adoptando las medidas preventivas y de control necesarias para proteger a la población; monitorizar mediante sistemas de vigilancia, los factores ambientales físicos, químicos y biológicos, con el fin de orientar la intervención en salud pública y mantener informados a la población y al sistema asistencial; minimizar los riesgos para la salud derivados de las zoonosis no alimentarias y otros agentes biológicos, gestionar los registros oficiales de salud pública y controlar las actividades y empresas funerarias.

Destinatarios

  

Instituciones, empresas y ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Duración

  

Anual.

Líneas Estratégicas

  

1. Minimizar los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras e intervenir frente a los riesgos y alertas medioambientales, evaluando los posibles efectos en salud en los siguientes campos: aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas, instalaciones con riesgo de legionelosis, empresas de productos químicos, materiales en contacto con los alimentos.

2. Emisión de informes sanitario-ambiental en la autorización de planes, programas, proyectos y actividades   relativos a los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), regulados por la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.

3. Promover y desarrollar actuaciones de salud pública encaminadas a la mejora de la calidad del ambiente interior en edificios de uso público.

4. Conocer y monitorizar, mediante sistemas de vigilancia, el polen y otros factores ambientales físicos y químicos y sus variaciones espacio-temporales, por su especial relevancia para la población, con el fin de orientar la intervención en salud pública y mantener informados a la población y al sistema asistencial.

5. Minimizar los riesgos para la salud de la población derivados de la leishmaniasis mediante la vigilancia ambiental de reservorios y vector, con el apoyo de la vigilancia epidemiológica en el hombre y la realización de acciones de control sobre los animales domésticos y la fauna silvestre y la aplicación de las medidas de saneamiento ambiental necesarias.

6. Minimizar los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia, el control y la toma de muestras de animales domésticos y fauna silvestre.

7. Minimizar los riesgos para la salud de la población mediante la vigilancia entomológica y control sanitario-ambiental de vectores (mosquito tigre, garrapatas, etc.) transmisores de enfermedades, y otros agentes biológicos con interés en salud pública.

8. Cumplir el marco normativo sobre autorizaciones y registros sanitarios de empresas y servicios biocidas, establecimientos de adorno corporal y alimentarios en la Comunidad de Madrid.

9. Controlar las actividades y empresas funerarias.

Diagnóstico

  

En base a las evaluaciones anuales, series históricas, marco normativo, así como los problemas que se detectan en el ámbito de la Sanidad Ambiental, se establece el plan anual con objetivos, actividades e indicadores de evaluación.

Objetivo

   

La adecuación del medio ambiente a la salud en todos los ámbitos de la vida en la Comunidad de Madrid.

Programa presupuestario

 

Programa 313-B

Objetivos concretos

   

1. Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.

2. Minimizar el riesgo de transmisión de legionelosis mediante la inspección y toma de muestras, principalmente en:

  • Instalaciones intercambiadoras de calor que emiten aerosoles (torres de refrigeración y condensadores evaporativos).
  • Sistemas de agua caliente sanitaria en establecimientos de uso colectivo, especialmente los considerados de riesgo, residencias de mayores y hoteles.
  • Pulverizadores de agua al ambiente y en spas.
  • Instalaciones con antecedentes de riesgo o que tengan malas condiciones higiénico-sanitarias.

3. Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar el cumplimiento de la normativa europea en las empresas de productos químicos de la Comunidad de Madrid (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos - REACH -), materiales en contacto con alimentos, biocidas y consumidor final: detergentes, pinturas, etc.

4. Vigilar la concentración del polen atmosférico mediante el análisis continuo de sus niveles, por medio de captadores distribuidos por la región, difundiendo la información polínica a la población general, a la población de riesgo y a los profesionales sanitarios.

5. Vigilar la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para la población en los siguientes ámbitos: contaminación atmosférica (ozono troposférico, dióxido de nitrógeno y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema sanitario y sociosanitario y facilitar el tratamiento y seguimiento de patologías asociadas; extremos térmicos dentro del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos de las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos del Frío en la Salud en la Comunidad de Madrid al objeto de prevenir y minimizar los efectos de las temperaturas extremas en la salud; campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información de los ciudadanos relacionadas con posibles riesgos para la salud.

6. Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en animales domésticos y fauna silvestre de hidatidosis-echinococosis, rabia, parásitos gastrointestinales zoonósicos, tularemia, psitacosis, etc. Evaluar los resultados de la vigilancia y proponer estrategias de control para estas enfermedades. Informar a los ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación sanitaria.

7. Prevenir enfermedades infecciosas en el hombre causadas por virus, bacterias, protozoos y parásitos, transmitidas a través de vectores como mosquitos, pulgas, garrapatas, mosca negra y otros agentes biológicos por contacto directo (avispa velutina, procesionaria del pino, etc.), que supongan un riesgo o una amenaza para la salud de la población. Establecer una red de vigilancia entomológica y control de saneamiento ambiental de vectores con interés en salud pública. Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la aparición de una alerta por vectores transmisores de enfermedades con interés en salud pública. Coordinar las actuaciones en materia de control vectorial y prevención de enfermedades transmitidas por vectores. Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación sanitaria.

8. Vigilancia de la leishmaniasis como enfermedad endémica regional y de declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Vigilancia del reservorio (animales domésticos y fauna silvestre), así como del vector (flebotomo). Coordinar actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de saneamiento. Informar a ciudadanos y profesionales y potencias actividades de educación sanitaria.

9. Análisis espacio-temporal de los riesgos ambientales que afectan a la salud a través de Sistemas de Información Geográfica para información al Sistema Sanitario Madrileño.

10. Prevenir los riesgos en salud pública derivados de la actividad de las empresas y establecimientos del ámbito de la salud pública, dando cumplimiento al marco normativo nacional y autonómico, en desarrollo de la normativa europea, existente de las siguientes Autorizaciones y Registros Sanitarios:

  • Empresas y establecimientos alimentarios
  • Establecimientos y servicios biocidas
  • Laboratorios de análisis de alimentos y aguas
  • Establecimientos de adorno corporal (tatuajes, piercing y micropigmentación)
  • Centros de bronceado mediante radiaciones UVA
  • Centros de formación de aplicadores de biocidas, adorno corporal y rayos UVA

Auditar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos a las empresas para su autorización y registro y, en su caso, realizar la inspección y control de los establecimientos, centros y servicios, así como de las entidades de formación.

11. Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 2/2012 de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid.

12. Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes a establecimientos, instalaciones y productos.

13. Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental.

14. Verificar las condiciones higiénico-sanitarias en los traslados de cadáveres; comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias, funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatoprácticas; supervisar las condiciones higiénicas en exhumaciones de cadáveres y comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y de condiciones higiénico sanitarias y estructurales de los establecimiento, instalaciones y empresas funerarias, en coordinación con las diferentes administraciones con competencias en la materia.

Actividades a desarrollar

  

1. Implantación y seguimiento de sistemas de vigilancia de riesgos ambientales en salud.

2. Inspección, toma de muestras y auditoría en establecimientos e instalaciones en materia de sanidad ambiental.

3. Auditoria documental de los expedientes.

4. Ejecución de los trámites para otorgar los Registros /autorizaciones correspondientes.

5. Elaboración de informes técnicos.

6. Difusión de información: documentos, guías, folletos, dípticos, etc. a través de diferentes canales (Web…)

7. Asesoramiento técnico a municipios, empresas y particulares.

8. Ejecución de Sistemas de Información para la gestión de la Sanidad Ambiental (SAHAWEB, NAYADE, SINAC, Red Palinocam…), dirigidos a instituciones y particulares, verificando su correcto uso, en los casos que así se precisa.

9. Organización de actividades formativas (cursos, jornadas, seminarios...) para los sectores relacionados.

10. Formación continuada y especialización de los profesionales.

11. Gestionar una red de colaboradores institucionales de alto nivel científico para la toma de decisiones en Sanidad Ambiental.

Medios personales

  

En Servicios Centrales: 49 personas

En las Áreas de Salud Pública: 85 personas

Medios económicos

 

691.110 €

Tiempo de consecución

  

Anual.

Indicadores resultado percepción

 

• Número de inspecciones en materia de sanidad ambiental
• Número de auditorías a empresas de biocidas
• Número de muestras de sanidad ambiental analizadas
• Número de alertas de sanidad ambiental gestionadas
• Número de etiquetas de productos químicos controladas
• Número de empresas de salud púbica registradas y tramitaciones realizadas

Periodicidad de la medición

 

Cuadro de mandos: trimestral/semestral

Evaluación: anual.