Proyecto de Orden de la Consejería de Sanidad por la que se modifica la Orden 175/2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas de ayuda para personas con enfermedad crónica
Proyecto de reglamento
Consejería Responsable:
En el momento actual se hace necesario modificar determinados aspectos de dicha orden, con la finalidad de gestionar más adecuadamente las ayudas. En concreto, en la fase de concesión de la subvención es imprescincible que los proyectos presentados por las entidades solicitantes sean evaluados exclusivamente por el órgano que ostenta la competencia en materia de relación con las asociaciones de pacientes, por ser el que tiene un conocimiento completo tanto del objeto de la subvención como de las entidades a las que se dirige. Por otra parte, la experiencia en anteriores convocatorias ha puesto de manifiesto la conveniencia de modificar parcialmente los gastos subvencionables, de tal modo que se eliminan imprecisiones que habían dado lugar a dudas y se ajustan los gastos que deben ser el objeto de la subvención. Finalmente, resulta indispensable dar una nueva regulación al importe que las entidades beneficiarias deben justificar mediante la aportación de justificantes de gasto, estableciendo que no es obligatorio presentar justificantes por el coste total del proyecto presentado, siendo suficiente la aportación de los mismos por el importe de la subvención concedida.
Informes preceptivos, dictámenes y estudios
Otros informes:
Informe Intervención Delegada (474.62 KB)
Fecha de publicación:
20/09/2023
Trámite de audiencia e información pública
Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos):
De 21/09/2023 hasta 11/10/2023
Texto informativo del Trámite de Audiencia:
Se somete al trámite de audiencia e información públicas Proyecto de Orden de la Consejería de Sanidad por la que se modifica la Orden 175/2021, de 18 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia. Las alegaciones podrán realizarse telemáticamente a través del formulario habilitado en la ficha de este proyecto normativo, que se encuentra en el Portal de Transparencia, en el apartado «NORMATIVA Y PLANIFICACIÓN», subapartado «Audiencia e información». Las alegaciones y aportaciones podrán realizarse telemáticamente a través del formulario habilitado en la ficha de este proyecto normativo que se encuentra en el Portal de Transparencia, en el apartado “Normativa y planificación”, subapartado “Audiencia e información”, indicándose como destinatario la Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente, y en el campo «REGISTRO», la Consejería de Sanidad. Asimismo, las alegaciones y aportaciones podrán presentarse a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso deberán ir dirigidas a la Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente de la Consejería de Sanidad, sita en la calle Aduana, nº 29, 2ª planta, 28013 Madrid. Los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se encuentran obligados a presentar sus alegaciones de forma telemática.
Motivación alegaciones y aportaciones (566.02 KB)
Proyecto de Orden (169.12 KB)
Memoria de Análisis de Impacto Normativo (313.52 KB)
Fecha de publicación del trámite de Audiencia:
20/09/2023
Informe Abogacía
Informe de la Abogacía (388.82 KB)
Fecha de Informe:
10/11/2023
Resultado de la Tramitación del Proyecto
Aprobación
Publicación en BOCM (67.61 KB)
Fecha de paso a histórico del proyecto normativo:
15/01/2024