Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid

El Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid es un órgano consultivo y de asesoramiento al Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de Formación Profesional, con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales

Responsable: 
Consejero de Educación, Ciencia y Universidades / Consejero de Economía, Hacienda y Empleo
Consejería adscripción: 
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Composición
  • Presidente
    • Desempeña la Presidencia, alternativamente y por períodos anuales, el  Consejero de Educación,Ciencia  y Universidades y el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
  • Miembros del Pleno del Consejo de Formación Profesional
    • Presidente: Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Rocío Albert López-Ibor
    • Vicepresidente: Viceconsejero de Política y Organización Educativa, José Carlos Fernández Borreguero
    • Secretario: Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, María Paz Cuesta Pedrajas
    • Secretaria Adjunta: Jefa de la Unidad Técnica de Centros de Formación Profesional, Mercedes Escudero Criado.
    • CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES:
    • CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO:
    • CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL DE MADRID-CEOE:
      • Víctor Pernía Díaz
      • Cristina Vicuña Sainz
      • Edurne del Arco Martínez
      • Francisco Curto Iglesias
      • Sara Molero Palomino
      • Ángel Gallego Román
    • COMISIÓN EJECUTIVA DE COMISIONES OBRERAS DE MADRID:
      • Luis García Domínguez
      • Manuel Rodríguez Núñez
      • Miguel Ángel Gil Zafra
    • COMISIÓN EJECUTIVA DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE MADRID:
      • Víctor Manuel Martín Sánchez
      • Margarita Domínguez Guijarro
      • Sara Gutiérrez Pérez
    • FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS DE MADRID:
      • Elena de la Torre Álvarez
      • Alberto González Díaz
Competencias

Elaborar dictámenes y orientaciones para el correcto diseño y programación de las enseñanzas de la Formación Profesional.

- Coordinar su relación con el Consejo Escolar de la Región y el Consejo de Universidades.

- Preparar las propuestas necesarias para el Instituto Nacional de Cualificaciones y su participación en el Sistema Nacional de Cualificaciones.

- Cualquier otra función que se determine reglamentariamente.

- Redacción de un Plan de Formación Profesional cuyos elementos básicos son los siguientes:

a) Prestigiar socialmente y cualificar la Formación Profesional dotándole de medios y presupuestos, garantizando el acceso a la misma, además de su carácter universal. Esta oferta formativa desempeña un papel de primer orden en la mejora de empleo y del sistema productivo y es un eslabón imprescindible en la formación permanente de las personas.

- Integrar los tres subsistemas es un elemento fundamental y estratégico, de forma que se garantice la coordinación e interrelación de los mismos, se aprovechen los recursos y se logre, en suma, un marco general común donde encajen los itinerarios formativos de cada uno.

- Asegurar la participación de las Administraciones Regionales con competencias en los campos laboral y educativo, así como de los agentes sociales de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1995, de 28 de marzo, de participación de los Agentes Sociales en las Entidades Públicas de la Administración de la Comunidad de Madrid.

- Crear un sistema integrado de Orientación ligado al Plan Regional de Formación Profesional al servicio de: Alumnos del sistema educativo; trabajadores; empresas, especialmente PYMES; centros y agentes formativos.

- Incentivar la firma de acuerdos bipartitos (empresarios, sindicatos) y tripartitos (con la incorporación de la Administración Autonómica o Local) para facilitar la inserción laboral de los alumnos formados: Facilitar su contratación; facilitar el desarrollo del Módulo de Formación en Centros de Trabajo; facilitar las prácticas no laborales de los desempleados que han asistido a un curso de Formación Profesional; facilitar la formación teórica de los contratados con contrato de formación.

- Establecer un Sistema de Evaluación de la Calidad de los procesos formativos, ligado al Plan Regional de Formación.
En la elaboración del Plan participarán las distintas Consejerías del Gobierno Regional en función de las materias de su ámbito competencial.

Normativa aplicable
  • Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOCM nº 244 de 13 de octubre)
  • Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 159 de 6 de Julio)
  • Orden 3616/2002, de 25 de julio, de los Consejeros de Educación y de Trabajo, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y se dictan otras disposiciones para cumplimiento y desarrollo del Decreto 35/2001, de 8 de marzo, de creación y regulación de dicho Consejo. 
  • Decreto 35/2001, de 8 de marzo, por el que se crea y regula el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 64, de 16 de marzo)
Dirección: 

Alcalá, 30-32

Código Postal: 
28014
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
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