Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid
El Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid es un órgano consultivo y de asesoramiento al Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de Formación Profesional, con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales
* Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)
Competencias
Elaborar dictámenes y orientaciones para el correcto diseño y programación de las enseñanzas de la Formación Profesional.
- Coordinar su relación con el Consejo Escolar de la Región y el Consejo de Universidades.
- Preparar las propuestas necesarias para el Instituto Nacional de Cualificaciones y su participación en el Sistema Nacional de Cualificaciones.
- Cualquier otra función que se determine reglamentariamente.
- Redacción de un Plan de Formación Profesional cuyos elementos básicos son los siguientes:
a) Prestigiar socialmente y cualificar la Formación Profesional dotándole de medios y presupuestos, garantizando el acceso a la misma, además de su carácter universal. Esta oferta formativa desempeña un papel de primer orden en la mejora de empleo y del sistema productivo y es un eslabón imprescindible en la formación permanente de las personas.
- Integrar los tres subsistemas es un elemento fundamental y estratégico, de forma que se garantice la coordinación e interrelación de los mismos, se aprovechen los recursos y se logre, en suma, un marco general común donde encajen los itinerarios formativos de cada uno.
- Asegurar la participación de las Administraciones Regionales con competencias en los campos laboral y educativo, así como de los agentes sociales de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1995, de 28 de marzo, de participación de los Agentes Sociales en las Entidades Públicas de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Crear un sistema integrado de Orientación ligado al Plan Regional de Formación Profesional al servicio de: Alumnos del sistema educativo; trabajadores; empresas, especialmente PYMES; centros y agentes formativos.
- Incentivar la firma de acuerdos bipartitos (empresarios, sindicatos) y tripartitos (con la incorporación de la Administración Autonómica o Local) para facilitar la inserción laboral de los alumnos formados: Facilitar su contratación; facilitar el desarrollo del Módulo de Formación en Centros de Trabajo; facilitar las prácticas no laborales de los desempleados que han asistido a un curso de Formación Profesional; facilitar la formación teórica de los contratados con contrato de formación.
- Establecer un Sistema de Evaluación de la Calidad de los procesos formativos, ligado al Plan Regional de Formación.
En la elaboración del Plan participarán las distintas Consejerías del Gobierno Regional en función de las materias de su ámbito competencial.
Presidente
Desempeña la Presidencia, alternativamente y por períodos anuales,
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
Secretario
El Secretario General Técnico de la Consejería cuyo titular no ostente en ese momento la Presidencia del Consejo.
Secretario General Técnico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades