Consejo Regional de Mayores
Órgano colegiado, de carácter consultivo, constituido para servir como cauce de participación de las personas mayores en las políticas de la Administración Autonómica con incidencia en su bienestar social y calidad de vida. Integra representantes de las administraciones autonómica, local y estatal y de organizaciones sindicales, empresariales, asociaciones, federaciones
91 580 41 06
91 580 43 04
El Presidente, que será el titular de la Consejería de Servicios Sociales.
Dos Vicepresidentes:
— El Vicepresidente primero, que será el titular de la Dirección General del Mayor, y sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia o enfermedad de éste.
— El Vicepresidente segundo, nombrado por el Presidente y elegido por el Consejo entre los Vocales en representación de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros sin fin de lucro de personas mayores.
Un Secretario designado por el Consejo de entre sus miembros.
Treinta Vocales designados conforme a la siguiente representación:
- Un Vocal en representación de la Consejería de Servicios Sociales.
- El Gerente del Organismo Autónomo Servicio Regional de Bienestar Social de la Comunidad de Madrid.
- Un Vocal representando a cada una de las siguientes Consejerías:
Consejería de Presidencia y Hacienda.
Consejería de Economía y Empleo.
Consejería de Sanidad.
Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Trans[1]portes.
Consejería de Educación.
Consejería de Cultura.
Todos ellos serán designados por el titular de la Consejería correspondiente, entre el personal directivo y funcionario de la misma debiendo en este último caso ostentar al menos rango de Jefe de Servicio.
- Un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Cuatro Vocales en representación de la Administración Local, designados por la Federación Madrileña de Muni[1]cipios, debiendo corresponder uno al Municipio de Madrid.
- Un representante del Consejo Estatal de Personas Mayores.
- Dos representantes de las Organizaciones Sindicales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Dos representantes de las Organizaciones Empresariales de carácter intersectorial más representativas en el ámbi[1]to de la Comunidad de Madrid.
- Doce Vocales en representación de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros sin fin de lucro de personas mayores, inscritas en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales, que acrediten debidamente su representatividad en las áreas de cultura, sanidad, o servicios sociales, a propuesta de las referidas Asociaciones, Entidades y Centros, designados mediante convocatoria pública.
Todos los Vocales del Consejo serán nombrados mediante Orden del titular de la Consejería de Servicios Sociales
a) Defender los intereses del Sector presentando las reivindicaciones e iniciativas oportunas ante los poderes públicos.
b) Participar en los órganos consultivos que se establezcan en la Administración Autonómica y Local, tanto en materia específica del Sector como en otras áreas de bienestar general que repercutan en su calidad de vida.
c) Conocer e informar los proyectos normativos de la Comunidad de Madrid que puedan afectar a este colectivo.
d) Proponer la adopción de medidas de actuación en el marco de las políticas de Bienestar Social relacionadas con el fin que le es propio.
e) Promover y/o realizar acciones de información y divulgación sobre normativa, programas y recursos en marcha o en proyecto, que afecten a las personas mayores.
f) Realizar el seguimiento, control y evaluación de las acciones que se desarrollen en materia de atención a personas mayores.
g) Fomentar el asociacionismo del Sector prestando el apoyo y la asistencia técnica que se requiera.
Todas las funciones enumeradas se atribuyen sin menoscabo de las que correspondan a otros órganos de participación legalmente establecidos.
Las distintas Administraciones Públicas facilitarán al Consejo Regional de Mayores la información necesaria para el cumplimiento de tales funciones.
Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 8 de mayo de 1998) modificado por Decreto 34/2001, de 1 de marzo, (BOCM 12 de marzo de 2001).
Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (BOCM nº 225, de 21 de septiembre).
C/ Agustín de Foxá, 31. 6ª planta.
