
Consejo de Consumo
El Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid se constituye como el órgano colegiado consultivo, asesor, de participación y de coordinación interadministrativa en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores, en el que se encuentran representados los agentes sociales y las distintas administraciones públicas de la Comunidad de Madrid con competencias en consumo.
Funciones y estructura
El Consejo de Consumo se creó en 1996 y actualmente se encuentra regulado por la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, así como por el Decreto 1/2010 de 14 de enero, reglamento que la desarrolla.
Actúa como órgano de información, consulta y asesoramiento en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores y sus funciones se ejercen a través del pleno y las distintas Comisiones que se reúnen varias veces al año para la toma de decisiones. Además, en caso de que sea necesario, se pueden crear grupos de trabajo para algún asunto concreto.
Si necesita contactar con el Consejo de Consumo puede escribir un correo electrónico a la dirección consejo.consumo@madrid.org. En el caso de que necesite información para precios comunicados también puede llamar al teléfono 91 310 57 56.
Organización y competencias
El Pleno del Consejo de Consumo cuenta actualmente con un total de 29 miembros.
La presidencia la ostenta el titular de la consejería con competencias en materia de consumo, actuando como vicepresidentes 1º y 2º, respectivamente, los titulares de la Dirección General con competencias en consumo y de la Secretaría General Técnica de la Consejería a la que se encuentren adscritos. La Secretaría la desempeña un funcionario de la Dirección General con competencias en consumo propuesto por su titular.
Los otros 25 miembros son vocales representantes de la administración regional y municipal, organizaciones de consumidores, empresariales, sindicatos y una persona experta en consumo.
Consulta en el siguiente apartado, la última Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede al nombramiento de Vocales y Secretario del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid.
Entre las competencias más destacadas del pleno se encuentran: ratificar los acuerdos adoptados por las comisiones y grupos de trabajo, informar preceptivamente de las disposiciones normativas de la Comunidad de Madrid que afecten a los consumidores, la elaboración de estudios de mercado, sociológicos e informes sobre aquellas materias que puedan afectar a la vida de los consumidores, aprobar la memoria anual o informar de los Códigos de Buenas Prácticas municipales.
El Pleno del Consejo de Consumo
Es el órgano soberano del Consejo de Consumo. Está integrado por todos los vocales miembros y entre sus funciones principales le corresponde nombrar a los vocales que forman parte de las comisiones del Consejo de Consumo, informar preceptivamente las disposiciones normativas de la Comunidad de Madrid que afecten directamente a los consumidores, proponer la realización de estudios e investigaciones de interés para los fines del Consejo de Consumo, o colaborar en la elaboración de los códigos de buenas prácticas de ámbito autonómico.
El Pleno del Consejo de Consumo también aprueba la Memoria Anual de Actividades del organismo en la que se recogen todas las actuaciones que se han realizado a través de las Comisiones del Consejo de Consumo.
En el siguiente apartado se puede descargar un resumen de las memorias de los últimos años.
Las Comisiones
Por su parte, las comisiones que tiene constituidas el Consejo de Consumo son cinco. Están compuestas de nueve o diez miembros designados de entre los del pleno, que se reúnen aproximadamente entre cinco y seis veces al año, abarcando varias áreas de actuación.
Es la encargada de sustituir, por motivos de urgencia, al pleno, pudiendo adoptar acuerdos de su competencia.
Se encarga de estudiar proyectos de normativa de carácter regional que afectan directamente a los consumidores y elaborar propuestas de informes.
Entre sus funciones principales destaca la elaboración, junto con las asociaciones de empresarios, de códigos de buenas prácticas, así como proponer la concesión del Símbolo de Calidad Empresarial a aquellas empresas que lo soliciten y que se encuentren adheridas a un Código de Buenas Prácticas aprobado por el pleno.
Principalmente se reúne para asignar, de entre todos los vocales, a un representante de estas asociaciones a solicitud de otros organismos que así lo tienen establecido. También emiten informes y actuaciones en materia de consumo.
Es la encargada de la aprobación de los precios autorizados en el ámbito autonómico (por ejemplo, abastecimiento de agua en poblaciones o transporte urbano y compañías ferroviarias de ámbito autonómico) y recibe los precios comunicados por hospitales, centros y servicios sociales y clínicas y sanatorios:
- Si es una persona jurídica o empresa, recuerde que debe comunicar los precios a través del registro electrónico.
- En caso de que sea un autónomo, puede, además de por registro electrónico, comunicar los precios a través de registro físico.
- Si necesita más información, puede consultar en el correo electrónico consejo.consumo@madrid.org o en el teléfono 91 310 57 56 (información exclusivamente sobre precios comunicados).
Su competencia viene determinada por el Decreto 1/2010 y por el art. 16 del Real Decreto Ley 7/1996,
Acuerdos de la Comisión Permanente
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Acuerdos de la Comisión de Precios
Acuerdos sobre Tarifas de Transporte Urbano. Taxi.
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Acuerdos sobre tarifas de transporte público urbano. Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM).
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Acuerdos sobre tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones.
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