Resolución número 114/2022
Estimación del recurso. Se anulan los pliegos. Falta justificación de la no división.
Estimación del recurso. Se anulan los pliegos. Falta justificación de la no división.
Desestimación recurso especial contra la exclusión por baja temeraria. El informe del órgano de contratación cumple las exigencias doctrinales y jurisprudenciales de motivación reforzada, sin que se aprecie error o arbitrariedad en el mismo.
El error a la hora de confeccionar el DEUC es subsanable. La falta de presentación de este documento por aquellas empresas que cederán sus medios a la licitadora, también se considera subsanable. Corresponde a la mesa de contratación verificar estos defectos y solicitar su corrección.
Recurre la adjudicación por considerar que la oferta incursa en presunción de temeridad no justifica la viabilidad de la misma y que el informe técnico sobre la misma incurre en error. Estimación del recurso al no contener, ni la justificación ni el informe, la necesaria motivación razonada y razonable exigida.
Inadmisión del recurso por falta de legitimación. Clasificado en quinto lugar no realiza alegaciones respecto de los cuatro primeros clasificados.
Inadmisión de recurso por no haber el recurrente presentado oferta, lo que le deslegitima como potencial licitador.
Estimación del recurso. Exclusión del procedimiento de licitación por incumplimiento de lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas.
Inadmisión por no alcanzar el valor estimado del contrato, el umbral establecido en el art. 44,1 de la LCSP
Desestimación recurso basado en los mismos motivos que otro recurrente.
Desestimatoria. Exigencia solvencia en trabajo para la Administración en actividad que sólo desarrolla la Administración. Smart City