Resolución número 101/2019
Recurso contra un contrato de teleasistencia. Reconocimiento por la Administración y pérdida sobrevenida del objeto.
Recurso contra un contrato de teleasistencia. Reconocimiento por la Administración y pérdida sobrevenida del objeto.
Estimación del recurso contra el decreto de no adjudicación de un concurso de proyectos con intervención de Jurado. Los motivos de interés público esgrimidos, por el Ayuntamiento se refieren a la fase posterior de actuaciones en el edificio pero no afectan a la adjudicación de los premios del concurso existiendo una decisión del Jurado válidamente adoptada.
Inadmisión de recurso contra contrato de servicios por extemporáneo.
Desestimación. Concordancia de las partidas con el precio ofertado por redondeo de la suma. Carácter meramente estimativo del programa de trabajo y las horas de cada fase.
Estimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro. Incumplimiento por todas las ofertas de los requisitos exigidos en los PPT. Modificación de la oferta inicialmente presentada para lograr la adjudicación. Quiebra del principio de igualdad entre licitadores.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios, interpretación y corrección de un error material en la valoración automática de una mejora presentada por el adjudicatario.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de cláusulas administrativas particulares de un contrato de servicio de conserjería, atención al público y control de entradas en edificios y equipamientos. Las mejoras de bolsa de horas adicionales y mejora salarial son aceptables de acuerdo con la LCSP. Solo la bolsa de horas es una mejora del artículo 145.7, su límite es el de viabilidad de la oferta económica. La mejora del salario es un criterio social del artículo 145.2.
Desestimación. Error en la oferta que licita por un año en vez de dos.
Desestimación Recurso contra adjudicación. Falta legitimación por encontrarse en séptimo lugar.
Impugnación de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares por defectuosa información del personal a subrogar. La información suministrada es conforme a lo previsto en el artículo 130 LCAP.