Resolución número 200/2023
Recurso contra adjudicación de contrato por indebida valoración de la oferta del adjudicatario. Desestimación. Se trata de un criterio sujeto a cifras o porcentajes, sin que precise justificación alguna del licitador.
Recurso contra adjudicación de contrato por indebida valoración de la oferta del adjudicatario. Desestimación. Se trata de un criterio sujeto a cifras o porcentajes, sin que precise justificación alguna del licitador.
Inadmisión por falta de legitimación de recurso contra pliegos de servicios postales por un trabajador que pretende la inclusión de obligación de subrogación de personal y por entender presupuesto base de licitación insuficiente para atender costes salariales.
Inadmisión. Extemporáneo.
Desestimación. Denegación acceso expediente. No contaminación de sobres. Manipulación del informe técnico.
Desestimación. Carácter instrumental del acceso al expediente. Manipulación informe técnico.
El perfil del contratante de una Corporación Local necesariamente debe estar alojado o bien en la Plataforma de Contratación del Sector Público o bien en el servicio de información equivalente a nivel autonómico, a elección de los órganos de contratación de las Administraciones Locales así como de los de sus entidades vinculadas o dependientes.
Recurso contra los pliegos de un contrato de servicios. Se da por concluida su tramitación por pérdida sobrevenida del objeto del recurso. No hay licitadores admitidos a la licitación, por lo que se ha declarado desierto.
Recurso contra los pliegos por incorrecta determinación del IVA aplicable. Desestimación. El IVA debe consignarse como partida independiente, dando autonomía a los dos componentes del precio del contrato. Si el adjudicatario está sujeto a IVA facturará los servicios con ese impuesto, en caso contrario lo hará sin el.
Los pliegos exigen que el coordinador del recurso sea diplomado o graduado en trabajo social. Considera el recurrente que las funciones también puede desempeñarlas un titulado en psicología. Este Tribunal no aprecia que exista discriminación ni que se limite la concurrencia, puesto que las funciones del coordinador tienen un carácter transversal siendo más propias de un trabajador social.
Inadmisión de recurso por basarse en materia urbanística ajena a la contratación administrativa. Falta de interés legítimo de la recurrente.