Decreto 77/2021, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Proyecto de reglamento
Decreto 77/2021, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Consulta pública

Plazo de publicación para presentar aportaciones (ambos incluidos): 
De 27/11/2020 hasta 11/12/2020
Texto informativo: 

La Consejería de Educación y Juventud tiene intención de iniciar la tramitación de un proyecto de orden por la que se regula el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

 

Los comedores escolares, además de cumplir una función básica de alimentación y nutrición, están integrados en la vida y organización de los centros educativos públicos de tal manera que su programación, desarrollo y evaluación forma parte de la programación general anual del centro educativo. Su organización se rige actualmente por lo dispuesto en la Orden 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los comedores colectivos escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, que ha sido posteriormente objeto de diversas modificaciones puntuales.

 

El tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la citada orden, las sucesivas modificaciones llevadas a cabo, y la necesidad de adecuar el procedimiento de adjudicación y gestión del servicio de comedor escolar a la vigente normativa en materia de contratación del sector público, hace necesario elaborar una nueva orden que venga a regular el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

 

Entre los objetivos de dicha propuesta normativa se encuentra el de actualizar la normativa que regula la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Comunidad de Madrid que impartan enseñanzas en los niveles de educación infantil (segundo ciclo impartido en colegios públicos), primaria, especial y secundaria obligatoria, y facilitar la tramitación del procedimiento que permita adjudicar a partir del curso 2021/2022 la gestión de los comedores escolares de los centros docentes públicos no universitarios en el marco de la vigente normativa de contratación del sector público.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a su elaboración, se considera necesario someter a consulta pública la citada propuesta, para recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados y las organizaciones más representativas.

 

Fecha de publicación de Consulta Pública: 
26/11/2020

Informe de Oficina de Calidad Normativa

Fecha del Informe: 
05/03/2021

Informes preceptivos, dictámenes y estudios

Informes de análisis de impacto social (género, familia e igualdad): 
Informes de análisis de impacto presupuestario y de recursos humanos: 
Fecha de publicación: 
01/06/2021

Trámite de audiencia e información pública

Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos): 
De 21/12/2020 hasta 13/01/2021
Texto informativo del Trámite de Audiencia: 
La Consejería de Educación y Juventud está tramitando el proyecto de orden por la que se regula el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el proyecto de orden de referencia a audiencia e información pública con objeto de que los ciudadanos potencialmente afectados puedan presentar alegaciones y para que otras personas o entidades que lo deseen puedan realizar aportaciones al respecto, por un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Portal de Transparencia. Las alegaciones y aportaciones podrán realizarse a través del formulario telemático habilitado al efecto, en cuyo caso deberá indicarse en el formulario como destinatario la Dirección General de Educación Infantil y Primaria. En el apartado relativo al “Registro” deberá seleccionarse la Consejería de Educación y Juventud. El formulario podrá presentarse también a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso deberá ir dirigido a la Dirección General de Educación Infantil y Primaria de la Consejería de Educación y Juventud, sita en la calle Alcalá 30-32, de Madrid. Debe tenerse en cuenta que las personas jurídicas, de acuerdo con el artículo14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligadas a presentar sus alegaciones o aportaciones de forma telemática. Plazo para formular alegaciones: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la documentación en el Portal de Transparencia.
Fecha de publicación del trámite de Audiencia: 
18/12/2020

Informe Secretaría General Técnica de la consejería proponente

Informe Abogacía

Fecha de Informe: 
11/02/2021

Comisión Jurídica Asesora

Fecha de solicitud del dictamen: 
16/04/2021
Fecha del dictamen: 
18/05/2021

Resultado de la Tramitación del Proyecto

Aprobación
Fecha de paso a histórico del proyecto normativo: 
15/07/2021