Incoación de expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid, de la Trashumancia en la Comunidad de Madrid.
Un mes desde la publicación en el BOCM
Los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural o Bienes de Interés Patrimonial se someten a trámite de consulta en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
-Responsable Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español
-Plazo de información pública: inicio 25/03/2026 a 24/04/2026
-Plazo máximo para resolver expediente BIC-0003-2026 es de 12 meses desde la fecha de firma de la Resolución de incoación del procedimiento de fecha 6 de marzo de 2026, por lo que dicho plazo finaliza el 6 de marzo de 2027
-Efecto de no Resolución en plazo será la caducidad del expediente de conformidad con lo establecido en el artículo 22.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
-Consulta: el expediente se puede examinar (previa petición de cita en el Área de Catalogación de Bienes Culturales, catalogacionbc@madrid.org) en dependencias de la DG de Patrimonio Cultural y Oficinal del Español, C/Arenal, 18, 28013 MADRID
-Presentación de alegaciones: a través de la oficina del Registro General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la calle de Alcalá nº 31, planta baja, 28014 Madrid o en forma telemática a través del Registro electrónico General de la Comunidad de Madrid, (https://sede.comunidad.madrid/registro-electronico-general-comunidad-madrid ) con el formulario de Solicitud Genérica (https://sede.comunidad.madrid/prestacion-social/formulario-solicitud-generica ) dirigidas a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en C/Arenal, 18, 28013 MADRID.
