Distrito: 
Arganzuela
Normativa aplicable

* –Acuerdo de 25 de septiembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid. -BOCM 02.10.2024

* Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)

* Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid. -BOCM 16.09.2021

 

* ACUERDO de 1 de octubre de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid (BOCM 03.10.2019)

 

* Decreto 21/2017, de 28 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid y se establece su composición, organización y funcionamiento (BOCM nº 65, de 17 de marzo)

* ACUERDO de 20 de junio de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 147, de 22 de junio

 

 

El Pleno del Consejo tiene una composición paritaria y está integrado por el titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, que lo preside, tres vocales en representación del Gobierno regional y cuatro vocales en representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. En el caso de los vocales en representación del Gobierno regional, dos de ellos, el titular de la Consejería competente en materia de empleo y el titular de la Consejería competente en materia de relaciones institucionales, lo son en virtud de su cargo. El tercer vocal será un miembro del Gobierno regional designado por la Presidencia del Consejo por razón de la materia a tratar. En el caso de los vocales en representación de los agentes sociales, estos serán nombrados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de las organizaciones a quienes representen, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3 del Decreto 21/2017, de 28 de febrero. Cada vocal del Consejo tendrá un suplente, asimismo nombrado por Acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de las instancias y organizaciones a quienes representen, según se establece en el artículo 4.4 del Decreto de creación.

Se acuerda nombrar:

1. En representación del Gobierno regional a:

a) Don Daniel Rodríguez Asensio, titular de la Viceconsejería de Economía y Empleo, como suplente del titular de la Consejería competente en materia de empleo.

b) Don José Antonio Sánchez Serrano, titular de la Viceconsejería de Presidencia y Administración Local, como suplente del titular de la Consejería competente en materia de relaciones institucionales.

2. En representación de CC. OO. Madrid a:

a) Vocal titular: Doña Paloma López Bermejo. b) Vocal suplente: Doña Paloma Vega López.

3. En representación de UGT Madrid a:

a) Vocal titular: Doña Marina Prieto Torres.

b) Vocal suplente: Doña Margarita Domínguez Guijarro

3. Los Vocales del Consejo propuestos por los agentes sociales serán nombrados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.