Dirección General de Gestión Económica y Personal
Ctra. de La Coruña, Km. 22.
Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. (BOCM nº 297 de 13 de diciembre)
Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM nº 177 de 27 de julio)
Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159 de 6 de julio)
Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 90 de 17 de abril)
1. En materia de régimen jurídico:
a) La coordinación y tramitación del plan normativo, de los proyectos de disposiciones normativas, de los informes en el marco de procedimientos de responsabilidad patrimonial y de aquellos asuntos que vayan a ser elevados al Consejo de Gobierno, en coordinación con la secretaría general técnica de la consejería a la que esté adscrita la Agencia.
b) El estudio, coordinación y tramitación de los actos jurídicos e instrucciones de la dirección de la Agencia.
c) La coordinación y tramitación de los encargos a medios propios y convenios de la Agencia.
d) El ejercicio de la potestad sancionadora por la comisión de infracciones tipificadas en la Ley 5/2023, de 22 de marzo.
e) La tramitación de la liquidación de la contribución especial para el establecimiento, la mejora y la ampliación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos, a propuesta de la Dirección General de Emergencias.
f) La tramitación de las cesiones de uso o propiedad de bienes muebles e inmuebles de otras administraciones o particulares a la Agencia para el desempeño de sus funciones, así como la gestión de alquileres de inmuebles o cualquier otro negocio jurídico privado regulado en la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
g) La tramitación de la personación de la Comunidad de Madrid en procedimientos judiciales y de ejercicio de acciones ante órganos jurisdiccionales, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 5/2023, de 22 de marzo.
2. En materia de personal:
a) Organización, gestión, resolución y control de los asuntos relativos al régimen de personal adscrito a la Agencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos en la materia.
b) La elaboración de las propuestas de oferta de empleo público del personal laboral y funcionario que presta servicios en los centros directivos adscritos a la Agencia para su inclusión en la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid.
c) La tramitación de las convocatorias de puestos de trabajo de personal funcionario adscrito a la Agencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la secretaría general técnica.
3. En materia de gestión económica y contratación:
a) Elaboración de la propuesta del anteproyecto de presupuestos de gastos e ingresos de la Agencia y la ordenación general y el seguimiento y control del grado de ejecución presupuestaria.
b) Con relación a los programas presupuestarios de la Agencia, la tramitación y gestión de las modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de dicha Agencia, así como el análisis y estudio de las modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos que precisen los diferentes centros directivos, todo ello de conformidad con las funciones que la legislación vigente atribuye a las Oficinas presupuestarias.
c) La gestión económica, contable y presupuestaria de la Agencia y la coordinación, evaluación y control de las funciones de gestión en esta materia que se ejercen por parte de los diferentes centros que la integran.
d) La coordinación y asesoramiento en materia económica, presupuestaria y financiera.
e) El estudio e informe de las medidas que conlleven consecuencias económicas para el funcionamiento de los distintos centros directivos adscritos a la Agencia.
f) La elaboración, seguimiento y control de los contratos menores y anticipos de caja fija que se tramiten en la Agencia.
g) El seguimiento y control de todos los gastos e ingresos de la Agencia.
h) La implantación, seguimiento y evaluación de nuevas fórmulas de contratación, en especial para aquellos suministros, servicios y obras de alto impacto económico.
i) Tramitación de expedientes de contratación administrativa, acuerdos marco y contratos basados en acuerdos marco y subvenciones.
j)La coordinación de compras de los diferentes centros directivos, sin perjuicio de las competencias del centro directivo competente en materia de patrimonio.
k) La tramitación de la liquidación y recaudación en período voluntario de la tasa por prevención y extinción de incendios y salvamentos, así como la resolución de los recursos de reposición interpuestos contra las liquidaciones que se practiquen, todo ello previa propuesta de la Dirección General de Emergencias.
l) La tramitación de los expedientes de gasto que deban ser sometidos a la aprobación o a la dación de cuentas al Consejo de Gobierno.
4. En materia de asuntos generales:
a) La organización y gestión de los servicios generales y el régimen interior de la Agencia, así como la habilitación de material sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
b) La organización y gestión del Registro de la Agencia y de los servicios de atención e información al ciudadano en el ámbito de la Agencia, así como la gestión del sistema de sugerencias y reclamaciones en el mismo ámbito, sin perjuicio de las atribuciones de la dirección general competente en materia de atención al ciudadano.
c) La creación, organización y dirección de los archivos, así como la gestión de sus fondos documentales y la coordinación sobre la ordenación de los expedientes administrativos, su archivo y custodia.
d) El inventario y administración de los bienes afectos a la Agencia.
e) La coordinación e impulso de la política de calidad de la Agencia.
f) La coordinación e impulso de la protección de datos personales en todos los centros directivos de la Agencia, y la dirección, coordinación y gestión de los tratamientos de datos personales de la Dirección General de Gestión Económica y Personal, así como la determinación de los fines y medios técnicos y organizativos necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.
g) El ejercicio de las funciones en materia de participación ciudadana, buen gobierno, dato abierto, transparencia de la actividad pública y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa en el ámbito de la Agencia, así como, la coordinación de las resoluciones de derecho de acceso en el ámbito igualmente de la Agencia, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a la dirección general competente en materia de transparencia.
h) Actualización de los contenidos web del portal central comunidad.madrid, diseño de portales web y aplicaciones móvil en el ámbito de la Agencia sin perjuicio de las competencias de la comisión de redacción, coordinación y seguimiento del portal de Internet de la Comunidad de Madrid.
i) La gestión de la representación institucional e imagen de la Agencia, así como la información al ciudadano que sea de interés público.
5. Cualesquiera otras funciones que resulten necesarias para el ejercicio de las competencias de la Agencia y que no estén atribuidas a otras unidades o centros directivos de la misma, así como las competencias que le sean expresamente delegadas o atribuidas.