Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid
Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid establece un cauce de participación y debate de los agentes sociales e institucionales implicados en la inmigración.
91 700 411 58
 
- 
1. El Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid estará constituido por su Presidente, tres Vicepresidentes, el Secretario y los Vocales que se designen.
2. Las Administraciones Públicas estarán representadas por doce Vocales distribuidos de la siguiente forma:
a) Cuatro representantes de la Administración Local, pertenecientes, uno de ellos, al Ayuntamiento de Madrid, y los tres restantes, procedentes de municipios con presencia significativa de población inmigrante, propuestos por la Federación de Municipios de Madrid.
b) Seis representantes de la Administración Autonómica, nombrados por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, entre los que se encontrará el Director General competente en materia de inmigración.
c) Dos representantes de la Administración General del Estado, propuestos por el Ministerio competente en materia de inmigración y la Delegación del Gobierno en Madrid.
3. Las organizaciones sociales y las asociaciones de inmigrantes estarán representadas por los siguientes Vocales:
a) Ocho representantes de asociaciones de inmigrantes que actúen y desarrollen programas en el ámbito de la inmigración en la Comunidad de Madrid.
b) Siete representantes de entidades u organizaciones no gubernamentales de apoyo que lleven a cabo programas en el ámbito de la inmigración en la Comunidad de Madrid.
c) Dos representantes de las organizaciones sindicales de carácter intersectorial de mayor representatividad en la Comunidad de Madrid.
d) Dos representantes de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial de Madrid de mayor representatividad en la Comunidad de Madrid.
4. Un representante de cada uno de los grupos parlamentarios con representación en la Asamblea de Madrid.
5. Habrá tres Vocales más, que deberán ser expertos elegidos entre personas de reconocido prestigio y relacionadas con el mundo de la inmigración.
6. Las asociaciones de inmigrantes, entidades u organizaciones no gubernamentales serán elegidas mediante un proceso que se regulará mediante Orden de la Consejería competente en materia de inmigración. Si durante el mandato del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid alguna de dichas entidades causara baja por cualquier causa, será sustituida por aquella entidad que, no habiendo accedido a las Vocalías del Foro Regional, hubiese obtenido mayor respaldo en el proceso de selección. La titularidad de las Vocalías del Foro Regional para la Inmigración recaerá en las entidades elegidas, quienes posteriormente designarán a las personas que les representen. Las designaciones y los cambios que pudieran producirse de las personas que representen a las entidades serán notificados, de forma que quede constancia fehaciente de su recepción, a la Secretaria del Foro Regional para la Inmigración.
7. Los Vocales serán nombrados por el titular de la Consejería competente en materia de inmigración, salvo lo establecido para los Vocales representantes de la Administración Autonómica en el apartado 2.b) de este artículo.
 
Serán funciones del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid las siguientes:
1. Consultiva. En el desarrollo de la misma, el Foro realizará las siguientes actividades.
a) Estudiar y considerar las consultas sobre aquellas cuestiones que le sean requeridas por el órgano al que está adscrito, emitiendo los dictámenes e informes oportunos. Dichos informes no tendrán carácter vinculante.
b) Formular las propuestas y recomendaciones que sean consideradas necesarias, a petición de la Administración o por iniciativa propia y oportuna en el ámbito de lo que se disponga en el Plan Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid.
c) Colaborar, sugiriendo modificaciones y actualizaciones sobre las medidas que se desarrollen en el marco de futuros planes de actuación para inmigrantes.
d) Presentar ante el órgano al que está adscrito un Informe Anual sobre la situación de la población de origen extranjero en la Comunidad de Madrid, especialmente sobre los procesos de integración y exclusión, así como sobre las actitudes y conductas de la población autóctona y las relaciones interétnicas e intercomunitarias.
2. De participación. El Foro llevará a cabo las siguientes acciones.
a) Recabar y canalizar las propuestas de las organizaciones sociales, cuya actividad tenga relación con los fenómenos de la inmigración y el refugio.
b) Impulsar la participación de la población de origen extranjero en la vida pública y social de la Comunidad de Madrid.
c) Recibir información sobre programas y actividades dirigidos a inmigrantes y refugiados que se lleven a cabo tanto por la Administración Autonómica como por los Municipios.
3. Mediadora y de comunicación. En el desarrollo de esta función el Foro realizará las siguientes actividades.
a) Servir como puente, nexo o vínculo entre las Administraciones y las Organizaciones sociales.
b) Facilitar la comunicación, el intercambio de opiniones e información entre los Colectivos de inmigrantes y refugiados, las Entidades Sociales y las Administraciones Públicas.
c) Construir un ámbito desde donde se potencie el diálogo y la colaboración entre las Asociaciones de Inmigrantes, las Organizaciones no gubernamentales, los Sindicatos y otras Entidades Sociales.
d) Contribuir desde su ámbito a la prevención, regulación y resolución de tensiones y conflictos.
e) Potenciar la educación cívica y la sensibilización positiva del conjunto de la población madrileña ante los fenómenos de la inmigración y el refugio.
f) Elevar al Foro Nacional para la Integración Social de los Inmigrantes, las propuestas y acuerdos a los que llegue el Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid
- Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (BOCM nº 225, de 21 de septiembre).
 - Acuerdo de 20 de noviembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid, en representación de la Administración Autonómica (BOCM 285, 29 de noviembre).
 - 
Decreto 64/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Foro Regional para la Inmigración de la Comunidad de Madrid (BOCM 108, 8 de mayo).
 
C/ Fortuny, 53
