Decreto 60/2023, de 24 de mayo, por el que se modifica el Decreto 48/2019, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, para regular el plazo de los convenios que celebren las universidades públicas con hospitales privados.

Proyecto de reglamento
Mediante el Decreto 5/2021, de 27 de enero, se modificó el Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid entre otros aspectos, para incluir en el artículo 2 la previsión de que los convenios singulares que se celebren por la Comunidad de Madrid para la vinculación de hospitales generales del sector privado al sistema público de salud, se regularían por dicho Decreto en lo que no se opusiera a la regulación específica en la materia y para establecer un régimen especial en cuanto a su duración. Así, se permite que la vigencia de estos instrumentos de colaboración pueda superar los cuatro años que se establecen como regla general, llegando hasta los 30 años. Vinculados a estos convenios singulares, las universidades públicas de la Comunidad de Madrid pueden celebrar conciertos con las instituciones sanitarias privadas vinculadas al sistema sanitario público de salud para la investigación y docencia universitarias, de conformidad con lo previsto en los artículos 104 y 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 6/2021, de 21 de diciembre, de Universidades. Estos conciertos están regulados en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias, que no establece ningún plazo de vigencia, por lo que estarían sometidos al plazo establecido en el artículo 49 h) 1º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en relación con su disposición adicional octava. No obstante, para garantizar una adecuada prestación del servicio público de salud, en relación con la docencia e investigación universitarias es fundamental que estos conciertos tengan el mismo régimen de duración que los convenios singulares a los que están vinculados; motivo por el cual se lleva a cabo la modificación del Decreto 48/2019, de 10 de junio, con el fin de incorporar un apartado 6º al artículo 2.

Publicación del proyecto y memoria de análisis impacto normativo

Fecha publicación proyecto-Memoria análisis impacto normativo: 
30/03/2023
Fecha de publicación de la memoria: 
30/03/2023

Informe de Oficina de Calidad Normativa

Fecha del Informe: 
17/03/2023

Trámite de audiencia e información pública

Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos): 
De 31/03/2023 hasta 25/04/2023
Texto informativo del Trámite de Audiencia: 
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid, se somete el proyecto de decreto de referencia a audiencia e información pública con objeto de que los ciudadanos potencialmente afectados puedan presentar alegaciones y para que otras personas o entidades que lo deseen puedan realizar aportaciones al respecto, por un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Portal de Transparencia. Las alegaciones y aportaciones podrán realizarse a través del formulario telemático habilitado al efecto, en cuyo caso deberá indicarse en el formulario como destinatario la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores. En el apartado relativo al “Registro” deberá seleccionarse la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades. El formulario podrá presentarse también a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso deberá ir dirigido a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, sita en la calle Alcalá 30-32, de Madrid. Debe tenerse en cuenta que las personas jurídicas, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, están obligadas a presentar sus alegaciones o aportaciones de forma telemática. Plazo para formular alegaciones: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la documentación en el Portal de Transparencia.
Fecha de publicación del trámite de Audiencia: 
30/03/2023

Informe Secretaría General Técnica de la consejería proponente

Informe Abogacía

Fecha de Informe: 
27/04/2023

Comisión Jurídica Asesora

Consejo de Gobierno

Fecha de aprobación del Consejo de Gobierno: 
24/05/2023